El Juzgado Cuarto Penal municipal con funciones de control de garantías admitió una acción de tutela que busca tumbar el decreto 1811 de 2015, el cual reglamentó las playas de Cartagena de Indias y sus corregimientos y le da un plazo de 36 horas al Alcalde (e) Pedrito Tomás Pereira Caballero, para que de forma clara, completa y detallada informe y justifique que el mencionado decreto no viola la Ley 1617 de 2013.
El abogado Wilman Herrera Imitola en representación de los consejos comunitarios de la zona insular y de las asociaciones de pescadores y servidores turísticos de las playas de Cartagena, recordó que el pasado 31 de diciembre de 2015, el entonces alcalde Dionisio Vélez Trujillo, mediante decreto 1811 de ese mismo año, estableció la reglamentación de las playas de Cartagena y sus corregimientos, como bien de uso público sostenible para la explotación turística, recreativa, deportiva y cultural, desconociendo que el Concejo debía aprobar un Proyecto de Acuerdo y la Capitanía de Puertos debía entregar concepto favorable. “Desconoció la presencia de comunidades negras en Cartagena y sus corregimientos”, dijo Herrera Imitola.
El abogado explicó que decreto 1811 de 2015 requería realizar consulta previa, para la reglamentación de las playas; porque allí hay comunidades negras y no las tuvieron en cuenta. “Tenemos pruebas certificadas del Concejo de Cartagena de Indias, donde nos manifiestan que en esa Corporación no se aprobó proyecto de acuerdo para tal sentido. Igual de la DIMAR, que expresa que no existe un concepto previo y obligatorio de la Capitanía de Puertos como lo exige la ley, por ello, la acción de tutela pone a temblar el proyecto de protección costera, porque todo lo obrado se ha hecho mal», dijo Herrera Imitola.