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La Sección Quinta del Consejo de Estado reconfirmó el fallo del 15 de noviembre de 2018, por medio del cual negó una acción de tutela que busca dejar sin efectos la medida cautelar de suspensión del acto de elección de Antonio Quinto Guerra Varela, como Alcalde Mayor de Cartagena de Indias.
Según el Tribunal, el mandatario suspendido “no es parte del proceso dentro del que se dictó la decisión que pretende dejar sin efectos a través de la acción de tutela. En conclusión, queda demostrado que, para el actor, la vulneración de los derechos que pide sean protegidos, resulta de una providencia judicial dictada en un proceso de nulidad electoral del cual no hace parte”.
El Consejo de Estado, argumentó que la decisión que suspende al Alcalde elegido popularmente en la capital de Bolívar, no vulnera los derechos de quienes lo eligieron, claramente resulta improcedente.
Antonio Quinto Guerra Varela, presentó la tutela hace varios meses argumentando una vulneración de los derechos al debido proceso y a la participación en política.
El mandatario conservador está suspendido por presunta inhabilidad teniendo en cuenta que suscribió un contrato con el Ministerio de Vivienda, y luego se inscribió para las elecciones atípicas a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias.



