Desde este lunes 5 de octubre, regirá la nueva restricción a la circulación de los vehículos tipo taxis que prestan el servicio de transporte público individual de pasajeros en Cartagena de Indias.
La circulación de dos (02) dígitos estará restringida, desde el lunes 5 de octubre de 2020 hasta el 30 de octubre de 2020, entre las 6:00 a.m. y las 6:00 a.m. del día siguiente, de lunes a viernes, en todas las vías de la ciudad.
“Esta medida se implementa para mejorar la movilidad vehicular y la seguridad de los transeúntes, dando continuidad a la secuencia de rotación del Decreto 1145 de 2019, que establece la restricción de vehículos tipo taxi por el período de un (1) año, a partir de la entrada en vigencia de la medida”, dijo Janer Galván, director del DATT.
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Los vehículos de Transporte Público Individual, TPI, podrán circular durante la restricción únicamente para realizar labores de mantenimiento, para ello deberán desmontar la silla trasera y con un aviso colocado en el vidrio frontal con la inscripción: “Vehículo en mantenimiento por Pico y Placa”.
La nueva rotación quedó establecida así:




