La revisión periódica consiste en una inspección técnica a la instalación interna de gas natural, para determinar si está operando en condiciones seguras o si presenta defectos que representen algún tipo de riesgo.
Surtigas recuerda a la comunidad en general que la revisión periódica del gas natural es obligatoria y obedece a una disposición legal y se realiza para garantizar la seguridad del usuario (a), la de su familia y la comunidad. Esta revisión corresponde a la establecida en el código de distribución de gas combustible según resolución CREG 067 de 1995 y sus modificaciones.
La Revisión Periódica debe hacerse cada 5 años, sin embargo, la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG- permite que se realicen desde 5 meses antes de cumplir el plazo máximo, para garantizar que el usuario tenga un tiempo prudente para planear y realizar su respectiva revisión y los trabajos que puedan presentarse. También es posible de manera voluntaria realizar la revisión en cualquier momento.
- Es importante aclarar que el usuario tiene la responsabilidad de hacer un uso adecuado de la instalación de gas natural y de realizar los mantenimientos necesarios.
Faltando 5 meses para que se cumpla el plazo máximo de la revisión periódica, la empresa enviará, una carta anexa a la factura de gas natural explicando en qué consiste el proceso e indicando que pueden realizarla con cualquier organismo de inspección acreditado o con Surtigas.
Surtigas advierte que si faltando dos meses no hay evidencia de que la revisión periódica este hecha, se enviará una comunicación indicando que debe realizarla, en el menor tiempo posible y si faltando un mes para finalizar el plazo máximo, el usuario no tiene la revisión recibirá una notificación de suspensión del servicio por seguridad.
La Revisión Periódica finaliza cuando se le entrega al usuario un certificado de conformidad.
En caso de hallarse defectos en la instalación éstos deben ser corregidos de manera obligatoria, a costo del usuario (a), para lo cual, en el evento de realizarlos con Surtigas, la compañía ofrece plazos cómodos para su pago. Para corregir los defectos no críticos y solicitar la segunda revisión, el usuario tiene un plazo de dos meses o el plazo máximo de Revisión Periódica, lo que ocurra primero.
En caso de realizar la Revisión Periódica con Surtigas, el costo de la revisión, el usuario lo podrá pagar, de contado o en cómodas cuotas desde 1 hasta 36 meses, siempre a través de la factura del servicio de gas natural.
¿Cómo se puede programar la Revisión Periódica?
- Con los organismos de inspección acreditados o si el usuario lo desea lo puede hacer con Surtigas,
- llamando a las líneas 01 8000 910 164 o a través de la línea 164 desde teléfonos fijos o celulares
- (Claro, Tigo y Movistar) en Bolívar, Sucre, Córdoba, Antioquia y Magdalena. Los usuarios ubicados en otros departamentos deberán marcar la línea gratuita 018000910164.



