El Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Cartagena, ordenó al Ministerio de Salud y Nueva EPS, aplicarle la segunda dosis de la vacuna Pfizer en un término de 48 horas al ciudadano Ernesto Camilo Brugés López, quien interpuso una acción de tutela para que le reconocieran sus derechos.
La decisión señala que, “no se han realizado estudios de eficacia de la vacuna Pfizer, en intervalos mayores a 21 días y por esta razón afirmar que la segunda dosis del requerido biológico puede ser aplicada en un intervalo de 0 a 90 días carece de fundamento científico alguno”. Lo anterior desvirtúa lo expuesto por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional de Vacunación.
De acuerdo con el fallo no se aportaron los documentos suficientes por parte del Ministerio que permitieran sustentar los aplazamientos de los que fue objeto el accionante, vulnerándosele el derecho a la salud, y la vida, además de intervenir en la posibilidad de un reintegro al ámbito laboral.



