Se prohíbe el ingreso y circulación de vehículos al Centro Histórico, desde las 00:00 horas del viernes 31 de diciembre de 2021, hasta las 06:00 horas del sábado 1 de enero de 2022.
La Alcaldía de Cartagena de Indias estableció medidas de restricción de circulación vehicular en el Distrito y el Centro Histórico por la temporada de fin de año.
La iniciativa busca mitigar la congestión vehicular en Cartagena y proteger a la población del Distrito en días de demanda masiva, como el 31 de diciembre, para lo cual establece sectores con prohibición vehicular y fomenta la caminata desde y hacia el centro histórico de Cartagena, como es el caso de los corredores de la Avenida Blas de Lezo, desde la Avenida Santander y por el paseo de los mártires, hasta la Carrera 8B, el 31 de diciembre de 2021, desde las 8:00 p.m. hasta las 12:00 a.m.
También las calles del Centro Histórico y San Diego, todo el 31 de diciembre de 2021 hasta las primeras horas del 1 de enero de 2022, considerando que en estos sectores una gran cantidad de personas se reúnen a celebrar el Año Nuevo.
Se modifica el horario de pico y placa para vehículos particulares, diferentes a motocicletas y afines, contenido en el artículo segundo del Decreto 0010 del 5 de enero de 2021, desde el viernes 24 de diciembre de 2021, hasta el viernes 31 de diciembre de 2021, el cual quedará así: de lunes a viernes con excepción de los días festivos, desde las 7:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.
Además, se suspende durante el viernes 31 de diciembre de 2021 la medida de “día sin moto” en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, pero aplicará el pico y placa correspondiente al día.
El viernes 31 de diciembre de 2021 sólo podrán circular los vehículos tipo motocicleta de cualquier modalidad y cilindraje, incluyendo los cuatrimotos, tricimotos, motocarros y bicicletas de pedaleo asistido con motor, cuyas placas terminen en números impares. Lo anterior, independientemente que los dígitos de las placas estén acompañados por letras.
Se prohíbe el ingreso y circulación de vehículos al Centro Histórico, desde las 00:00 horas del viernes 31 de diciembre de 2021, hasta las 06:00 horas del sábado 1 de enero de 2022.
Otras medidas
- La medida prohíbe la circulación de coches turísticos el viernes 31 de diciembre de 2021.
- Se restringe la circulación vehicular, incluyendo vehículos tipo motocicleta y afines, sobre la Avenida Blas de Lezo, desde la Avenida Santander y por el Paseo de los Mártires, hasta la Carrera 8B, desde las 7:00 p.m. del 31 de diciembre de 2021 hasta las 3:00 a.m. del 1 de enero de 2022.
- Las personas que se movilicen en vehículos y que previamente hayan efectuado reserva en hotel y/o hospedaje ubicado en el Centro Histórico de la ciudad, deberán presentar ante las autoridades que lo requieran, el respectivo documento o soporte físico o virtual, que permita verificar dicha reserva.
- En cuanto a los residentes del Centro Histórico, estos deberán presentar ante las autoridades que lo requieran, algún documento que permita establecer y/o verificar, que residen en el Centro Histórico.
Excepciones
- Vehículos al servicio de las autoridades de Policía
- Vehículos al servicio de las autoridades de Tránsito
- Vehículos de residentes en el Centro Histórico con tránsito a parqueaderos o garajes fuera de vía.
- Vehículos en los cuales se transporten personas con movilidad reducida.
- Vehículos de personas que ingresan a la ciudad con equipajes, cuyo destino sea algún hotel y/o hospedaje en el Centro Histórico.
- Automotores debidamente identificados e iluminados dispuestos para movilizar personas afectadas en la salud, para prevenir o atender desastres y/o calamidades o actividades policiales, debidamente registrados como tales con las normas y características que exige la actividad para la cual se matricule y los automotores que realizan atención médica domiciliaria, debidamente identificados, cuando en ellos se desplace personal médico en servicio.
- Vehículos que presten atención médica personalizada o domiciliaria. De igual manera, aquellos que realicen de toma de muestras de laboratorio y ayudas diagnósticas debidamente identificados (demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo.
- Vehículos que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos y tejidos destinados al trasplante de estos.
- Automotores destinados o contratados por las empresas de servicios públicos domiciliarios para el mantenimiento, instalación y reparación de las redes de servicio público, siempre y cuando cuenten con plena y pública identificación consistente en los logos de las empresas contratantes pintados o adheridos en la carrocería.
- Vehículos dotados tecnológicamente para el mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales (energía, telefonía “redes y telecomunicación”, acueducto y alcantarillado, gas, semaforización, sistema de transporte masivo), así como vehículos recolectores de basura. Todos los vehículos deberán tener la demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo y deberán portar la documentación contractual vigente.
- Vehículos de medios de comunicación que porten pintados o adheridos en las carrocerías en forma visible y permanente los distintivos del medio de comunicación y que transporten personal o equipos técnicos de comunicación para el desarrollo de la labor periodística.
- Vehículos que distribuyan medicamentos, alimentos y/o elementos perecederos debidamente acreditados y vinculados a la actividad comercial.
- Vehículos acreditados para el transporte de valores, deberán tener la demarcación permanente y visible en la parte frontal, trasera y lateral del vehículo.
- Vehículos que transporten elementos para el montaje de logística de los eventos, siempre y cuando porten permiso del evento aprobado por las autoridades distritales competentes y cuenten con el respectivo permiso de circulación emitido por el DATT.



