Un nuevo decreto emitido por la Alcaldía de Cartagena de Indias fija los horarios de funcionamiento hasta las dos de la madrugada para establecimientos de comercio: bares, gastrobares, discotecas, estaderos, cantinas, tabernas, billares, restaurantes y cualquier establecimiento con venta y consumo de bebidas alcohólicas en el local.
Así mismo como casas de alquiler de eventos, salones de recepciones y fiestas sociales, casinos, salones de juegos localizados, con o sin venta y consumo de bebidas alcohólicas en el local.
Igual para centros o clubes sociales públicos o privados cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación y cuando expendan bebidas alcohólicas y realicen bailes o cualquier tipo de espectáculo que no sea dirigido exclusivamente a socios o accionistas, sino dirigido al público en general.
Funcionamiento 24 y 31 de diciembre de 2022. | El horario de funcionamiento para estos establecimientos 24 y 31 de diciembre va de 10 de la mañana a 4 de la mañana del día siguiente.
Para las tiendas, salsamentarias estancos, licorerías, cigarrerías y similares, con venta, pero sin consumo de bebidas alcohólicas su funcionamiento podrá ser desde las 5 de la mañana, pero podrán expender debidas alcohólicas desde las 10 de la mañana hasta las 11:59 de la noche de domingo a sábado.
Los días 24 y 31 de diciembre el horario de funcionamiento podrá ser desde las 5 de la mañana, pero podrán expender bebidas alcohólicas desde las 10 de la mañana hasta la 1 a.m. del día siguiente.
El propietario o responsable de cualquier establecimiento comercial abierto al público donde se expendan bebidas alcohólicas que infrinja lo establecido en el decreto será objeto de las medidas correctivas establecidas para cada comportamiento contrario a las normas de convivencia.
Disminuir la afectación por ruido
La perturbación por ruidos ocasionada por aparatos de amplificación sonora queda prohibida en toda la ciudad y su área corregimental desde la entrada en vigencia de este decreto y se extiende hasta el 29 de enero de 2023.
Esta prohibida la realización de espectáculos públicos o eventos privados que conlleven a la utilización de cualquier clase de artefactos de amplificación sonora que generen alteraciones a la tranquilidad y convivencia, excepto los que cuenten con el permiso oportunamente tramitado y concedido por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana.
Medidas para el 31 de diciembre
Los permisos para la utilización del espacio público en eventos de San Silvestre serán otorgados por la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana para el 31 de diciembre, en el Centro Histórico, para lo cual se establecerá, en coordinación con la Gerencia de Espacio Público y Movilidad, de conformidad con el Decreto 1659 del 6 de diciembre de 2022, la utilización de las siguientes zonas:
Zona para el uso de la ciudadanía: espacios públicos disponibles para que las familias lleven mesas y sillas y puedan disfrutar de los espectáculos pirotécnicos.
Zonas adyacentes a los establecimientos de comercio: espacios públicos disponibles para que los establecimientos de comercio extiendan la oferta de sus productos en plazas y calles del Centro Histórico.
Zonas para alquiler de sillas y mesas: espacios públicos que se designarán equitativamente para las personas que hayan realizado está labor año tras año puedan alquilar mesas y sillas.
La administración distrital tendrá en cuenta los siguientes criterios para otorgar los permisos en espacio público.
Para las zonas adyacentes se le dará prioridad a los residentes del Centro Histórico para la utilización del espacio público. Se le dará prioridad a los eventos barriales y comunitarios. Los espacios susceptibles de aprovechamiento económico se darán con criterio de equidad y de manera igualitaria.



