La Alcaldía Distrital de Cartagena anunció una actualización en las normativas de tránsito que afectarán a los conductores de vehículos tipo motocicleta. Mediante el Decreto 008, publicado el 3 de enero de 2025, se implementa una nueva rotación de pico y placa que entrará en vigor a partir de este martes 7 de enero, luego del lunes festivo.
Esta medida, que estará vigente hasta el 4 de julio de 2025, tiene como objetivo mejorar la circulación y reducir los niveles de congestión vehicular en una ciudad que, durante la temporada alta, experimenta un importante aumento de tráfico debido a los turistas y al crecimiento del parque automotor local. La medida se aplicará en el horario de 5:00 a.m. a 11:00 p.m., de lunes a viernes, con la excepción de los días festivos.
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El pico y placa es una herramienta tradicionalmente utilizada para controlar el flujo vehicular y reducir los niveles de contaminación en las ciudades, y con esta actualización, se busca extender su cobertura para los diferentes tipos de vehículos de dos y tres ruedas que circulan por las calles cartageneras. A través de esta iniciativa, se espera promover una movilidad más fluida, mejorar la calidad del aire y, en general, contribuir a un entorno urbano más organizado.
Detalles sobre la nueva rotación
A partir del 7 de enero, los motociclistas deberán cumplir con la rotación establecida por la Alcaldía, la cual será determinada por el último dígito de la placa del vehículo. Cada día de la semana se asignará un número específico para las motos, cuatrimotos, motocarros y tricimotos. Aquellos que no respeten la medida podrán enfrentarse a sanciones de tránsito.
Durante este periodo, la restricción aplicará según los últimos dígitos de las placas de los vehículos:
Primera rotación (6 de enero – 4 de abril de 2025):
- Lunes: 7-8
- Martes: 9-0
- Miércoles: 1-2
- Jueves: 3-4
- Viernes: 5-6
Segunda rotación (7 de abril – 4 de julio de 2025):
- Lunes: 9-0
- Martes: 1-2
- Miércoles: 3-4
- Jueves: 5-6
- Viernes: 7-8
Desde el martes 7 de enero de 2025, quedará prohibido el ingreso y circulación de motocicletas en los barrios Centro, San Diego, La Matuna y Getsemaní, aunque se permitirá el tránsito en áreas específicas, como la India Catalina, la Avenida Luis Carlos López y la Avenida Concolón, obligando a los vehículos a continuar por la Calle 30.
La medida prohíbe la circulación de motocicletas entre las 11:00 p.m. y las 5:00 a.m. del día siguiente en todo el Distrito de Cartagena, hasta el 4 de julio de 2025. Así mismo, durante este mismo período, no podrán circular motocicletas con menores de 12 años ni mujeres en estado de gestación por las calles de La Heroica.
Los conductores que violen estas restricciones serán multados con un valor equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, y sus vehículos serán inmovilizados, conforme al artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, literal C, Código C14.



