La Judicatura ordenó a una contratista de la Alcaldía de Cartagena pagar $13 millones por desacato judicial. Si no cumple, será incluida en el BDME, quedando inhabilitada para contratar con el Estado y expuesta a embargo de bienes.
El Consejo Superior de la Judicatura, a través de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Cartagena, emitió un ultimátum contra Fanny Dinora Pachón Rodríguez, contratista de la Alcaldía de Cartagena, ordenándole pagar una multa de $13 millones más intereses y costas procesales en un plazo máximo de 15 días hábiles.

La medida deriva de una providencia del Juzgado 3 Penal del Circuito de Cartagena, fechada el 8 de agosto de 2024 y confirmada el 22 de agosto del mismo año, en respuesta a un incidente de desacato promovido por el ingeniero Álvaro González Álvarez. Según el fallo, la contratista habría incumplido la sentencia de tutela modulada emitida el 28 de junio de 2024.
- Orden judicial y retractación pública
La decisión obliga a que se aclare públicamente que Álvaro González Álvarez no es despojador de tierras ni se ha apropiado de lotes en el sector Serena del Mar, en Cartagena, y a que se le presenten disculpas públicas por afirmaciones hechas en la red social X desde la cuenta @FanyPachon, las cuales fueron calificadas como calumniosas por no estar respaldadas con pruebas.
El fallo también dispone que la publicación incluya el nombre completo del afectado y que sea presentada previamente ante el despacho judicial para su verificación y aprobación.
- Riesgo de inhabilidad y embargo
La Judicatura señala que la deuda es una obligación clara, expresa y exigible, y que cumple con los requisitos para iniciar cobro coactivo. Si Pachón Rodríguez no paga o no presenta excepciones legales en el plazo fijado, será inscrita en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME), lo que la dejaría inhabilitada para contratar con el Estado y podría impactar su historial crediticio.
La Resolución No. DESAJCAGCC25-244, firmada por el abogado ejecutor Moisés David De la Hoz, advierte que la oficina de cobro no tiene competencia para rebajar, exonerar o modificar la multa, ni para declarar insolvencia económica. De persistir el incumplimiento, se podrían aplicar medidas como el embargo de cuentas y bienes.
- Qué es el BDME y sus consecuencias
El BDME, publicado por la Contaduría General de la Nación el 31 de enero y el 30 de julio de cada año, incluye a personas y empresas que deben más de cinco salarios mínimos a entidades públicas por más de seis meses o incumplen un acuerdo de pago.
Aparecer en el BDME implica:
- Dificultades para obtener créditos y afectación del historial financiero.
- Intereses moratorios y sanciones adicionales.
- Pérdida de reputación personal y empresarial.
La consulta del listado es pública en www.contaduria.gov.co. El retiro solo procede tras cancelar la deuda, formalizar un acuerdo de pago o reducir el monto por debajo de cinco salarios mínimos. Al entrar a la página web puede verificarse que Pachón Rodríguez se encuentra ya reportada en el BDME desde el 31 de mayo del 2025.
- Posibles implicaciones penales
El incumplimiento de un fallo judicial podría constituir el delito de fraude a resolución judicial, tipificado en el artículo 454 del Código Penal Colombiano, el cual contempla penas de prisión de uno a cuatro años y multas que oscilan entre cinco y 50 salarios mínimos legales vigentes. Actualmente, en la Fiscalía Seccional de Cartagena avanza una investigación contra Fany Pachón por esta presunta conducta punible, y se espera que en las próximas semanas se realice la imputación de cargos.
En este caso, la sanción por desacato incluye tres días de arresto y el pago de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes, además de la retractación ordenada por el juez.



