El pasado 06Jun2024, la Alcaldía de Cartagena suscribió el contrato LP-SID-001–2024, cuyo objeto era la «rehabilitación de la malla vial del Distrito de Cartagena de Indias D. T. y C.», con un valor inicial de $64.784.560.068.
La Secretaría de Infraestructura Distrital de Cartagena (SID), cuyo titular es Wilmer Iriarte Restrepo, estuvo a cargo del citado contrato, del cual María Patricia Porras Mendoza, secretaria General de Cartagena, aparece como la ordenadora del gasto. Sí, la tía de Andrés Porras Villamil — presidente de la Federación Colombiana de Surf y contratista de la Alcaldía de Cartagena — , de quien he hablado en ocasiones anteriores.
Todo entre amigos | El contratista seleccionado fue el Consorcio Rehabilitación Vial, cuyo representante legal es Ángela María Cogollo Montalvo. El consorcio estaba conformado en un 90% por la empresa Incon SAS (NIT 800.043.463, creada el 02Sep1988, su representante legal es Emelin Jineth Pérez Bobadilla) y en un 10% por la recién creada Ingeniería y Consultoría Vial SAS (NIT 901.800.271, creada el 13Feb2024, su representante legal es Ángela María Cogollo Montalvo), en la que además Incon tiene el 10% de participación. Dicho de otra manera: Incon es prácticamente el dueño del contrato.
Incon es una compañía radicada en Barrancabermeja (departamento de Santander), la cual no solo ha celebrado contratos con la Alcaldía de Cartagena de Dumek Turbay Paz, sino también con la Gobernación de Bolívar de Yamil Arana Padauí. Por ejemplo: el contrato LIC-SI-005–2024 por $58.554.759.264, que la Gobernación de Bolívar le adjudicó al Consorcio GDC, del que hacen parte Incon SAS, SJJ Ingeniería SAS y Dinacol SAS.
Supongo que el cartagenero promedio no sabe que detrás de Dinacol SAS y SJJ Ingeniería SAS está Osvaldo Luis Rodríguez Luna, quien es amigo del alcalde Turbay desde hace más de una década (hacer click aquí).
Dinacol es el socio mayoritario del Consorcio Gran Malecón del Mar al que le adjudicaron el multimillonario contrato del innecesario Malecón del Mar. Y no solo eso, Dinacol es el constructor de primera fase de la Protección Costera y contratista de la Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo de Desastres de Cartagena (OAGRD), tal y como lo documentara la Contratopedia Caribe.
- Los puentes sin permisos de ocupación de cauce
De acuerdo al documento del anexo técnico del contrato LP-SID-001–2024, se intervendrían 57 vías en diferentes barrios. Primer error: en la licitación empaquetaron todos los tramos de vía a intervenir sin suministrar información detallada de cuánto costaría cada uno por separado (o por lo menos yo no pude encontrar ese detalle en ningún documento). Posiblemente no sea coincidencia que el contrato haya tenido dos adiciones que incrementaron el costo del contrato de casi $65 millones a $96.464.213.535.
El proyecto fue una combinación de construcción de obras nuevas y rehabilitación de otras, las cuales totalizaron unos 12,93 kilómetros de vías, que incluían 70 metros lineales repartidos entre cuatro puentes así:
- · Barrio Fredonia (calle 46 con carrera 79): 5 metros.
- · Barrio Boston (caño Amador y Cortez): 25 metros.
- · Barrio Olaya Herrera (caño Tabú): 30 metros.
- · Barrio San José de los Campanos (calle 25 entre carreras 88 y 100): 10 metros.
Al respecto de los puentes hay que aclarar dos cosas:
La primera es la diferencia entre un puente y un culvert (que a veces en español es traducido como alcantarilla). Sin ahondar mucho en lo técnico, y pese a que ambas estructuras permiten el paso sobre un cuerpo de agua, la Federal Highway Administration (FHWA) considera culvert a una estructura que tiene una longitud máxima de hasta seis metros. Cuando la estructura es mayor a seis metros es un puente (el manual de diseño geométrico de carreteras de Colombia incluso establece una longitud de diez metros).
La segunda es que, en Colombia, la construcción de obras hidráulicas que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua requiere obligatoriamente de un Permiso de Ocupación de Cauces. Y se preguntarán ¿por qué es relevante este permiso en el caso puntual de este contrato de la Alcaldía de Cartagena?
Resulta que, entre otros aspectos, la longitud y altura del puente o culvert es función de la sección transversal cuerpo de agua que va a atravesar. Y que las dimensiones de esa sección transversal serán aquellas que permitan transportar de manera segura un caudal de diseño, el cual se calcula a través de un estudio hidrológico e hidráulico que hace parte de la documentación a presentar en la solicitud del permiso de ocupación de cauce.
En efecto, en el contexto de los permisos, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) considera a los estudios hidrológicos e hidráulicos como «[…] uno de los aspectos técnicos más relevantes del trámite, ya que un conocimiento adecuado y pertinente de la dinámica hidrológica e hidráulica del cuerpo de agua en el cual se efectuará la ocupación del cauce, permitirá, un desarrollo adecuado y efectivo de las obras, de la ubicación de estas y de las respectivas medidas de manejo que se definan para salvaguardar los potenciales impactos que la ocupación del cauce pueda llegar a generar […]» (sic).
Como siempre sospeché, los secretarios Iriarte y Porras no tramitaron los permisos, lo cual fue confirmado por el Establecimiento Público Ambiental de Cartagena mediante los oficios EPA-OFI-001161 del 28Mar2025 y EPA-OFI-001528–2025 del 11Abr2025. No entiendo por qué el director del ente ambiental, Mauricio Rodríguez Gómez, no le advirtió de este requisito al equipo que armó la licitación.
En este ‘pequeño desliz’ no solo se configurarían las conductas punibles de contrato sin cumplimiento de requisitos legales (art. 410 del CPC) y prevaricato por omisión (art. 414 del CPC), sino que sugiere que se habrían vulnerado, al menos, los principios de planeación, economía, responsabilidad, eficiencia y transparencia. Sin mencionar las posibles consecuencias de tal decisión en el sentido que esos puentes deberán demolerse si la sección transversal del cauce tiene que ser mayor; aspecto que nunca se supo, dado que no hubo un estudio hidrológico e hidráulico que lo determinara porque la Alcaldía de Cartagena no solicitó el permiso de ocupación de cauce.
Y pensar que, el pasado mes de marzo, el alcalde Turbay se dirigió de manera despectiva al líder comunitario del barrio Ternera, a quien le dijo (ver video): «tenemos 140 intervenciones viales en la ciudad y nadie está boludo y carón como tú».
Vaya ironía de la vida. Parece que los que terminaron siendo los carones fueron el alcalde y los secretarios Iriarte y Porras. «La vida te da sorpresas, sorpresas te la vida, ay, Dios» dice la canción de Pedro Navaja.



