La Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar impuso una sanción de 15 años de inhabilidad al Juez Décimo Civil Municipal de Cartagena por su negativa a celebrar el matrimonio civil entre dos mujeres, vulnerando así su derecho al acceso a la justicia.
El caso se remonta a finales de agosto de 2020, cuando el juez Ramiro Flórez Torres, denegó la solicitud de una ciudadana colombiana y otra de origen venezolano para contraer matrimonio civil. A pesar de la jurisprudencia constitucional que respalda la unión entre personas del mismo sexo, el funcionario se negó, argumentando motivos personales basados en su moral cristiana.
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A pesar de los recursos interpuestos por las peticionarias y la intervención del Procurador Judicial II, el juez mantuvo su postura, lo que llevó a que la Jurisdicción Disciplinaria tomara cartas en el asunto. La Comisión Seccional de Bolívar formuló cargos contra el juez por desatender sus deberes legales, incumpliendo normativas constitucionales y tratados internacionales.
En su fallo, la Comisión resalta que los servidores judiciales no pueden excusarse en razones de conciencia para eludir sus obligaciones legales. El juez Flórez Torres, fue declarado disciplinariamente responsable y se le impuso la inhabilidad por 15 años para el ejercicio de cualquier función pública.



