En un fallo que ya genera reacciones en sectores políticos y judiciales, el Tribunal Superior de Bucaramanga – Sala Civil Familia confirmó la decisión que declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Héctor José Sosa Monsalve contra la Unidad Nacional de Protección (UNP) y el Portal 724 | Noticias, al considerar que el accionante no agotó los procedimientos legales ni aportó pruebas suficientes que demostraran la vulneración de sus derechos fundamentales.
Sosa Monsalve, quien asegura haber sido víctima de amenazas, atentados y campañas de desprestigio, pidió al juez constitucional ordenar medidas de seguridad urgentes para él y su familia, y además exigió que el ingeniero Álvaro González Álvarez columnista e investigador de www.724noticias.com.co se retractara de publicaciones que lo vinculan con presuntos actos de corrupción.
El Tribunal fue contundente: ni la UNP incumplió sus deberes ni el portal de noticias vulneró derechos fundamentales, pues en ambos casos faltaron pasos clave por parte del demandante.
UNP no incurrió en omisión, dice el Tribunal
Según el fallo, la Unidad Nacional de Protección realizó en 2022 un estudio técnico que clasificó el riesgo de Sosa como “ordinario” (41,66%), motivo por el cual negó la asignación de un esquema especial de seguridad. Esa decisión no fue apelada por el afectado, y desde entonces no ha presentado nuevas solicitudes para actualizar su situación, a pesar de los hechos recientes que denuncia, como un atentado armado en marzo de 2024 y amenazas recibidas en julio de 2025.
“No es posible imputar a la UNP una omisión actual”, advirtió la Sala, recordando que es el propio interesado quien debe activar la ruta de protección cuando surgen nuevos riesgos. La tutela, enfatizó el Tribunal, no puede reemplazar los procedimientos administrativos establecidos por la ley.
- 724 Noticias no tendrá que retractarse
En cuanto a las publicaciones periodísticas cuestionadas, el Tribunal fue igual de claro: Sosa nunca solicitó formalmente la rectificación de la información publicada por 724 | Noticias, requisito indispensable para que una tutela de este tipo pueda prosperar.
La Sala recordó que la libertad de prensa es un derecho constitucional y que solo puede ser limitada si se demuestra que la información es falsa y, además, se solicita previamente su corrección. Nada de esto ocurrió.
“El accionante no identificó cuáles afirmaciones eran falsas ni pidió su rectificación. En esas condiciones, el debate no supera el umbral de procedibilidad”, señaló el fallo.
La sentencia concluye que no se probó ninguna vulneración actual de los derechos a la vida, integridad, seguridad personal o buen nombre del accionante. Tampoco se acreditó la existencia de un perjuicio irremediable que justificara la intervención urgente del juez constitucional.
En consecuencia, la Sala confirmó la decisión del 19 de agosto de 2025 del Juzgado Tercero de Familia de Barrancabermeja, que ya había rechazado la tutela por los mismos motivos.
El Tribunal dejó abierta la puerta para que Héctor Sosa radique una nueva solicitud de protección ante la UNP, aportando evidencias actualizadas de las amenazas recientes, y para que, si lo considera necesario, solicite formalmente la rectificación a 724 | Noticias. Solo entonces podría evaluar un nuevo recurso constitucional.
Por ahora, el fallo representa un duro revés para el accionante y un espaldarazo judicial a la libertad de prensa y a los procedimientos institucionales en materia de protección de derechos fundamentales.
Claves del fallo:
- Sosa no apeló la decisión que calificó su riesgo como ordinario.
- Desde 2022 no ha solicitado nueva valoración ante la UNP.
- No pidió rectificación al portal de noticias antes de interponer la tutela.
- Tribunal confirma que no hubo violación de derechos fundamentales.