29 organizaciones sindicales del Distrito de Cartagena, dos federaciones y tres confederaciones presentaron un pliego de solicitudes unificado para que se inicien mesas de negociaciones con las entidades públicas en busca de la reivindicación los derechos de la clase trabajadora.
Un pliego de solicitudes está fundamentado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución Política Colombiana relativos a las relaciones de trabajo en la Administración Pública y al fomento de la negociación colectiva, incorporados en la legislación, presentaron los servidores públicos afiliados a:
Sintraofipucar, Asoempucod, Sintraemcol, Sintrempucol, Asdeberbol, Asopercol, Sinempecar, Asotucod, Asotracod, Suspedecar, Sintraedecar, Sintraeducar, Sinemdiscar, Sucontrolcaribe, Sinafrocol, Sintrapecar, Anthoc, Sintrenal, Sinserpudiscar, Sinfupecar, Sindemujer, Sudeb, Sindipoliurrura, Sinfunpolidiscar Sintramunicipales, Sinserpublicolombia, Federación Sindical Unete y Andett.
También el empleador; Ese Hospital Local Cartagena de Indias, Personería, Contraloría y Concejo Distrital de la ciudad.
De acuerdo con el delegado por la Confederación Nacional del Trabajo, Erick Urueta Benavides, los acuerdos cobijarán a todos los servidores públicos que presten sus servicios en la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, sus dependencias, entes descentralizados y órganos de control, para producir, presentar y lograr aprobación de lo pertinente en acuerdo ante el Concejo Municipal y las Juntas Directivas de las Dependencias, entes descentralizados y organismos de control, así como su inclusión en los planes y programas establecidos en la ejecución del Plan de Desarrollo Vigente, además de producir los actos administrativos necesarios para el desarrollo y ejecución de lo acordado en el presente pliego.
Para efectos de la negociación y celebración del acuerdo laboral, el empleador designará sus negociadores y/o delegados, con plenos poderes para decidir.
En concordancia a lo establecido en el artículo 435 del Código Sustantivo del Trabajo y por las organizaciones sindicales, se designarán a sus negociadores, representados por 2 principales y dos 2 suplentes por cada sindicato, con plenos poderes para tal efecto. Las partes verificarán que al momento de la instalación de la presente negociación, todos los sindicatos participantes tengan reconocidos sus respectivos permisos sindicales.
Los sindicatos contaran con 6 asesores en el desarrollo de las negociaciones 2 por cada una de las centrales obreras CGT, CTC y CUT.
El sindicalista Urueta Benavides, explicó que el pliego de solicitudes va encaminado a que el empleador deberá garantizar los derechos laborales a los empleados públicos que ejerzan la calidad de negociadores del pliego.
En el pliego de solicitudes se incluye entre otros importantes puntos la estabilidad laboral, protección provisional, bienestar social empleados, pago de incapacidades, descanso remunerado el empleador, protección a la condición de discapacidad, rubros sede recreacional, protección a las mujeres embarazadas, auxilio educativo universitario, políticas de cero tolerancias con el acoso laboral y sexual que deberá ser construida con la participación de los sindicatos de servidores públicos pertenecientes a las centrales CUT, CGT Y CTC, la cual deberá estar implementada a los 30 días de firmado el presente acuerdo.
Salarios:
El pliego de solicitudes contempla en el tema de salario que el empleador, incrementará la asignación básica salarial de sus empleados en un 3% adicional al 11% establecido en el acuerdo 2017 – 2018, teniendo en cuenta el principio de la progresividad. El empleador expedirá un acto administrativo inmediatamente se acuerde entre las partes para hacer efectivo el incremento acordado.
Los empleados que por asignación superen el tope máximo respectivo fijado por el Gobierno Nacional, y que no puedan beneficiarse de la asignación acordada en el presente artículo, se harán acreedores de un incentivo especial anual, consistente en la diferencia anual entre el excedente del tope y el incremento salarial pactado, el cual no constituye factor salarial, pagaderos los primeros 15 días del mes de diciembre de cada anualidad.
El cuanto al salario de los miembros del Cuerpo Bomberos, el empleador, decretará el incremento salarial en un 15.4% entendiendo que Cartagena es un Distrito Turístico Cultural, aparte de eso se atienden las emergencias que se presentan en la zona industrial.
El empleador, otorgara incentivo a los trabajadores que laboren en zonas insulares y rurales, consistente en 2 salarios mínimos legal vigente una sola vez al año y no constituye factor salarial.
Dentro del pliego de solicitudes por primera vez se discutirá un punto en favor de la Comunidad y es la tarifa diferencial en el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Cartagena.