La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla profirió sentencia condenatoria contra el exjefe paramilitar Salvatore Mancuso Gómez, tras acoger los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, por su responsabilidad en 117 hechos delictivos cometidos contra la población indígena Wayúu y otras comunidades del departamento de La Guajira.
Según la decisión judicial, integrantes del autodenominado Frente Contrainsurgencia Wayúu, estructura adscrita al Bloque Norte de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) y que actuaba bajo los lineamientos definidos por sus máximos cabecillas, entre ellos Mancuso Gómez, perpetraron homicidios, desapariciones forzadas, desplazamientos forzados, actos de violencia basada en género y otras conductas ilícitas entre los años 2002 y 2006.
Dentro de los hechos acreditados en el proceso se encuentra la incursión armada realizada el 10 de octubre de 2003 en la ranchería Manaki, ubicada en el municipio de Uribia, La Guajira. De acuerdo con la sentencia, durante este ataque varios indígenas Wayúu fueron golpeados y sometidos a maltratos durante aproximadamente cuatro horas. En el mismo episodio, los hombres armados destruyeron y sustrajeron elementos representativos de la cultura Wayúu, como chinchorros, mochilas, sombreros y mantas bordadas, bienes que constituían el sustento económico de las familias afectadas.
Asimismo, el fallo estableció la responsabilidad por el homicidio de dos indígenas Wayúu ocurrido el 17 de marzo de 2002 en la ranchería Kepischon, también ubicada en jurisdicción de Uribia.
El Tribunal señaló que el Frente Contrainsurgencia Wayúu fue creado en marzo de 2002 y que en sus inicios estuvo conformado por cerca de 150 hombres. Esta estructura permitió a las AUC ampliar su accionar armado hacia las zonas media, alta, noroccidental y nororiental de La Guajira, especialmente en sectores localizados en las estribaciones de la Sierra Nevada de Santa Marta.
Como parte de la sentencia, la Sala reconoció como sujetos de reparación colectiva a las comunidades indígenas Wayúu asentadas en Carraipia, Majayura y Malaki, en el municipio de Uribia, así como a la comunidad de Matitas, en Riohacha.
Salvatore Mancuso Gómez fue condenado a una pena de 40 años de prisión, al pago de una multa equivalente a 30.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes y a la inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo término. No obstante, la sentencia contempla la aplicación de la pena alternativa de ocho años de prisión, conforme a lo establecido en la Ley 975 de 2005, conocida como Ley de Justicia y Paz, condicionada al cumplimiento de las obligaciones impuestas en la decisión judicial.




