El Gobierno Nacional declaró oficialmente la situación de desastre de carácter nacional tras el terremoto de magnitud 7,4 Mw registrado el pasado 10 de agosto, con epicentro en el municipio de San José del Palmar, Chocó.
La decisión quedó establecida mediante el Decreto 1171 del 11 de agosto de 2026, expedido al amparo de la Ley 1523 de 2012, y tendrá una vigencia inicial de 12 meses, con posibilidad de prórroga por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo.
- 13 departamentos y 330 municipios reportaron afectaciones
Según el reporte preliminar incorporado en el decreto, la emergencia alcanzaba a 12 departamentos y 330 municipios, con 132 personas fallecidas, 1.460 heridas, 3.441 viviendas averiadas, 281 viviendas destruidas y 67 edificios colapsados.
También se reportaron daños en 32 vías, 376 instituciones educativas, 214 centros comunitarios, 42 centros de salud y siete aeropuertos.
El decreto declara la situación de desastre para Antioquia, Caldas, Cauca, Chocó, Quindío, Cundinamarca, Risaralda, Huila, Valle del Cauca, Tolima, Putumayo y Norte de Santander, además de los demás territorios que resulten afectados.
- Chocó y Valle del Cauca, entre las zonas más golpeadas
El documento oficial señala a Chocó como el departamento con mayor afectación y menor conectividad. En Quibdó fueron reportados colapsos en edificaciones, mientras que en Bajo Baudó se estimaron preliminarmente 1.500 viviendas afectadas y 4.300 familias damnificadas, cifras sujetas a verificación.
En el Valle del Cauca se reportaron aproximadamente 27 fallecidos. El Cairo presentaba, según el reporte incorporado al decreto, cerca del 80 % de su infraestructura habitacional destruida y daños en su hospital. En Cali también se informó el colapso de un ala del Hospital Universitario, que se encontraba en proceso de evacuación.
En Risaralda fueron reportadas víctimas mortales, colapsos estructurales y daños en acueductos, viviendas y redes de gas. Caldas registró daños severos en infraestructura y cierres viales, mientras Antioquia informó una situación controlada y puso capacidades de búsqueda, rescate y aeronaves a disposición de las zonas afectadas.
- El Gobierno crea la Subcuenta SISMO 2026
Uno de los principales componentes del decreto es la creación de la Subcuenta SISMO 2026, dentro del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. Esta subcuenta tendrá como propósito manejar de manera separada, tanto presupuestal como contablemente, los recursos destinados a la respuesta y recuperación de la emergencia.
El Ministerio de Hacienda deberá garantizar que el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres disponga de recursos suficientes para que las entidades nacionales y territoriales puedan ejecutar las acciones de respuesta y recuperación. Además, el Fondo podrá realizar transferencias económicas a los entes territoriales.
- UNGRD deberá elaborar el plan de recuperación
El decreto ordena a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) coordinar las acciones durante la fase de respuesta y elaborar, junto con las entidades que integran el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, un Plan de Acción Específico para la Recuperación.
El plan deberá construirse a partir de la evaluación de daños y del análisis de necesidades de cada sector y territorio afectado. Los damnificados serán identificados mediante el Registro Único de Damnificados (RUD), elaborado por las entidades territoriales y consolidado por la UNGRD.
- Riesgo de nuevos eventos mantiene la alerta
El decreto advierte que el terremoto puede generar riesgos secundarios, particularmente movimientos en masa, represamientos de cauces, crecientes súbitas, avenidas torrenciales e inundaciones. Por esa razón, las autoridades deberán mantener acciones de monitoreo, prevención y mitigación para evitar que las afectaciones se multipliquen con el paso del tiempo.
El documento también registra que, hasta las 11:45 a. m. del 10 de agosto, se habían contabilizado 21 sismos posteriores, cuatro de ellos superiores a magnitud 3,0 y uno superior a 4,0. Además, se recibieron 13.392 reportes de sismo sentido provenientes de diferentes departamentos y Bogotá.
- Un régimen especial para la reconstrucción
Con la declaratoria, el Gobierno activa el régimen especial previsto en la Ley 1523 de 2012 para situaciones de desastre. Esto permitirá concentrar esfuerzos institucionales y financieros en la atención de la emergencia, la rehabilitación, la reparación y la reconstrucción de las zonas afectadas.
El Decreto 1171 establece que las entidades públicas y privadas que hacen parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo deberán participar, dentro de sus competencias, en la ejecución del Plan de Acción Específico bajo la coordinación de la UNGRD.
La medida marca así el paso de la respuesta inmediata a una fase nacional de recuperación y reconstrucción, con recursos específicos, coordinación interinstitucional y mecanismos de transferencia hacia los territorios damnificados.

