Un medio de comunicación puede considerar que una decisión judicial es equivocada. Puede impugnarla cuando la ley lo permita, acudir a las instancias correspondientes, defender públicamente su posición y ejercer todos los mecanismos jurídicos establecidos. Lo que no puede hacer es convertir el desacuerdo con el juez en una licencia para ignorar una orden vigente. La democracia funciona precisamente porque las decisiones de las autoridades competentes se acatan, aunque no siempre nos gusten. Y esto también aplica al periodismo.
La libertad de prensa es un derecho fundamental e indispensable para una sociedad democrática, pero esa libertad no coloca a los medios por encima de la Constitución, de los derechos fundamentales ni de las decisiones judiciales.
Defender la libertad de prensa también significa defender el principio de responsabilidad que acompaña ese derecho. Otro de los aspectos que deja este caso es la utilización de la palabra “presunto” como una especie de salvavidas editorial. No lo es. Escribir “presunto autor intelectual” sigue atribuyendo a una persona un papel concreto dentro de un delito. La palabra “presunto” puede advertir que no existe una condena definitiva, pero no convierte automáticamente en verdadera una afirmación que carece de sustento suficiente. Y cuanto más grave sea la acusación, mayor debe ser el rigor de la verificación.
No es lo mismo escribir “Jovanny Bustos fue imputado por la Fiscalía” que afirmar “Jovanny Bustos fue señalado por la Fiscalía como el cerebro de la falsificación”. Son afirmaciones completamente diferentes. La primera puede corresponder al estado procesal de una investigación; la segunda exige demostrar que la Fiscalía efectivamente hizo ese señalamiento. Y en este caso, según las decisiones judiciales conocidas, la propia Fiscalía negó haberlo hecho. También quedó sobre la mesa el argumento de la reserva de fuentes. La protección de las fuentes periodísticas es esencial. Sin ella, muchas investigaciones de interés público jamás podrían realizarse. Pero una cosa es proteger a una fuente y otra muy distinta convertir su versión en una verdad incontestable.
La reserva de la fuente no elimina el deber de verificar. Si un periodista recibe información extraordinariamente grave sobre una persona, especialmente cuando se le atribuye la autoría intelectual de un delito, el estándar de comprobación debería ser todavía mayor. Porque detrás de cada titular hay una persona y detrás de cada acusación puede quedar una reputación marcada durante años. Pero ahora la pregunta es otra. El debate ya no puede quedarse únicamente en “¿quién dijo que Jovanny Bustos era el cerebro?” Hay una pregunta adicional, quizás todavía más importante: ¿quién está cumpliendo las órdenes judiciales y quién no? Porque una cosa es la discusión periodística y otra, completamente distinta, el cumplimiento de una decisión judicial.
Si un juez ordena rectificar, se rectifica. Si ordena publicar una aclaración, se publica. Si ordena reconocer un error, se reconoce. Y si la parte considera que el fallo debe ser controvertido, utiliza los mecanismos procesales correspondientes. Pero mientras una orden judicial esté vigente, no puede ser tratada como una simple sugerencia editorial.
Este caso deja además una enseñanza que trasciende a Jovanny Bustos, a Jeymmy Paola Vargas y a los medios involucrados. La prensa tiene derecho a investigar, tiene derecho a preguntar, tiene derecho a incomodar y tiene derecho a publicar información de interés público. Pero también tiene la obligación de verificar, contrastar y rectificar cuando sea necesario. Y cuando la justicia determina que una información vulneró derechos fundamentales, la respuesta profesional no debería ser buscar atajos para evitar la rectificación. Debería ser cumplirla.
Porque rectificar no destruye al periodismo: lo fortalece. Reconocer un error no es una derrota; es una demostración de responsabilidad. Y acatar una decisión judicial tampoco significa renunciar a la libertad de prensa. Significa entender que la libertad tiene límites constitucionales y que los derechos de los demás también cuentan.
El caso de Jovanny Bustos deja, entonces, una advertencia que debería quedar grabada en todas las salas de redacción: una imputación no es una condena; una fuente no es una prueba irrefutable; un “presunto” no convierte una afirmación en cierta; editar una nota no necesariamente equivale a rectificarla; y una orden judicial no es una sugerencia.
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Los jueces ya hablaron. Ahora corresponde cumplir. Porque en una democracia, la prensa debe ser libre para investigar al poder, pero también debe ser lo suficientemente responsable para reconocer sus propios errores. Y cuando la justicia ordena rectificar, no hay mucho más que discutir: hay que hacerlo.
