El Tribunal Administrativo de Bolívar admitió una demanda de nulidad electoral presentada por el veedor Abelardo Meza Herazo, en contra del nombramiento de los alcaldes locales Frank Ricaurte Soca, Alexis Valerio Parias y Yucelis Patricia Garrido Ochoa, designados por el alcalde mayor, Dumek Turbay.
En su resolución, el tribunal negó la solicitud de medida cautelar que buscaba la suspensión provisional del Decreto 0258 del 16 de febrero de 2024, que oficializa dichos nombramientos. Se ordenó la notificación personal de esta decisión a los demandados y al agente del Ministerio Público. Además, se estableció un plazo de quince (15) días para que el Distrito de Cartagena de Indias presente los antecedentes administrativos del acto de nombramiento impugnado, garantizando la transparencia del proceso según lo estipulado en la Ley 1437 de 2011.
Con esta decisión, el tribunal busca asegurar que los procedimientos administrativos se realicen de acuerdo con la ley, mientras continúa con el análisis de la demanda presentada. La documentación relacionada con el caso será remitida a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para su conocimiento.
El Distrito de Cartagena, en su defensa, argumenta que el demandante no precisó la confrontación o violación directa de los actos demandados con las normas superiores invocadas. Afirmaron que Meza Herazo se limitó a transcribir un principio de buena fe y confianza legítima, sin demostrar irregularidades en la expedición del decreto. Además, sostuvieron que todos los alcaldes elegidos cumplen con los requisitos exigidos para el cargo, cuestionando la claridad del demandante respecto al cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 30 de la Ley 1617 de 2013.
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Este caso podría generar un amplio debate sobre la legalidad de los nombramientos y el proceso administrativo en la Alcaldía de Cartagena, en medio de cuestionamientos sobre la transparencia en la elección de funcionarios locales.

