La justicia habló claro y con un mensaje contundente: la tradición no puede estar por encima de la vida. El Juzgado Segundo de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Sincelejo decidió mantener la suspensión del ingreso del público a las corralejas, previstas para iniciar el martes 20 de enero, al negarse a levantar la medida provisional solicitada por la Alcaldía Municipal.
La determinación fue adoptada mediante providencia firmada por la jueza Milena Patricia Ruz Arrieta, dentro de la acción de tutela radicada bajo el número 2026-00011-00, en la que se evalúa el cumplimiento de los requisitos legales y de seguridad exigidos para la realización de este evento de alto riesgo.
Aunque la administración municipal aportó la Resolución No. 068 del 19 de enero de 2026, mediante la cual autorizaba las corralejas entre el 20 y el 25 de enero, en horario de 2:00 p.m. a 6:00 p.m., el despacho judicial fue enfático en señalar que dicha documentación llegó de manera tardía. Según el juzgado, los documentos ingresaron al correo institucional a las 12:06 del mediodía, en horario inhábil, lo que impidió cualquier análisis serio y responsable previo al inicio del evento.
En su decisión, la jueza subrayó que no existía un margen de tiempo prudente para verificar de forma rigurosa el cumplimiento de las condiciones mínimas de seguridad, teniendo en cuenta la magnitud del espectáculo y la obligación constitucional del Estado de proteger la vida y la integridad personal de los ciudadanos.
El fallo es claro en un punto clave del debate público: la tutela no prohíbe las corralejas. Lo que ordena es una suspensión temporal, motivada por presuntas falencias en permisos, licencias y condiciones técnicas de la infraestructura, aspectos que no pueden ser tratados con ligereza cuando hay miles de personas potencialmente expuestas a riesgos.
Por ello, el juzgado resolvió mantener en firme la prohibición de ingreso del público a la corraleja y a los palcos, hasta tanto se realice un estudio de fondo de toda la documentación presentada por la Alcaldía de Sincelejo. Además, ordenó a la Policía Nacional y a la administración municipal garantizar el estricto cumplimiento de la medida.
La providencia también deja un mensaje político y administrativo de fondo: la responsabilidad por la correcta expedición y verificación de los permisos recae exclusivamente en el ente territorial, no en los jueces ni en los ciudadanos.
La suspensión seguirá vigente hasta que el juzgado determine que han sido superadas las circunstancias que dieron origen a la medida provisional. Mientras tanto, la decisión se erige como un precedente claro: prevenir no es censurar la tradición, es evitar tragedias anunciadas. En Sincelejo, esta vez, la justicia optó por la vida.



