Si bien es cierto que el espectro electromagnético es un bien público regulado por el Estado, también lo es que dicho espectro puede ser concesionado a particulares, como el Estado colombiano efectivamente lo ha hecho y lo regula a través de la Comisión Reguladora de Comunicaciones-la CRC. Gracias a estas concesiones, el Canal Caracol y el Canal RCN, los más importantes canales de la televisión privada en Colombia existen desde el 10 de julio de 1998. Pero antes, la Ley 182 de 1995, Ley vigente, nacida cuando ya se comenzaba a hablar de la televisión privada, dispuso que todos los concesionarios del servicio público de televisión están obligados a transmitir gratuitamente los mensajes oficiales, no sólo del Presidente de la República, sino también, las del Procurador General de la Nación, del Fiscal General de la Nación, del Defensor del Pueblo y del Registrador Nacional, cuando estas transmisiones se relacionen con sus funciones constitucionales y legales, dice la Ley.
Los dispuesto por esta Ley 182 de 1995, lo confirmó el decreto 3840 de 2010 dándole al Presidente de la República el derecho a utilizar los canales privados de televisión para emitir sus alocuciones y sus mensajes oficiales. Desde el día 4 de febrero del presente año, el Presidente de la República, buscando socializar y dar a conocer “la mecánica” de los Consejos de Ministros, lo nunca antes visto, así como lo que en ellos se trata y las decisiones gubernamentales que en ellos se toman, fundamentado en la Ley, tomó la decisión que al igual que sus alocuciones, estos también fueran transmitidos, además de los canales de la televisión pública, también se transmitieran por los canales privados de la televisión colombiana. Presuntamente hubo quejas y hasta tutelas para que estos Consejos de Ministros se dejaran de transmitir por los canales privados de la televisión, argumentando la interrupción de la programación habitual de ellos; llegando al punto, de instrumentalizar, presuntamente, a una mujer, María Cristina Cuéllar, de quién inicialmente se dijo que era una mujer que alejada vivía en el campo, pero ahora se saben otras cosas de ellas, como de qué ha estado detrás de las rejas por varios años y delitos, como el de la Falsedad Procesal.
Lo anterior puede confirmar, repito, presuntamente, que detrás de esta señora a quien el Consejo de Estado, a través de una tutela que interpuso le dio la razón de prohibir la transmisión de los Consejos de Ministros a través de los canales privados de televisión, están políticos y altos exfuncionarios del gobierno nacional a quienes el presidente Petro ha venido denunciado por hechos de corrupción en estos Consejos de Ministros. Lo curioso de esta señora tutelante, María Cristina Cuellar, a quién el Consejo de Estado amparó su derecho para que sus novelas de la televisión privada no fueran interrumpidas por los Consejos de Ministros, es que no se molesta ni se incomoda cuando sus programas favoritos de los canales privados de la televisión colombiana son interrumpidos por casi cuatro horas cuando se transmiten los partidos de fútbol de la selección colombiana. 90 minutos del partido, 15 de descanso, y dos horas de comentarios. Una antes del partido y otra, después del partido. Pero así es Colombia. Un consejo de Estado que desconoce las leyes solo por complacer a unos políticos incómodos con el presidente Gustavo Petro.