La denuncia lleva casi dos años en indagación. El ciudadano que la presentó asegura que la Fiscalía ya tenía actas, documentos, fotografías y videos, pero cuestiona que continúe ordenando nuevas diligencias antes de adoptar una decisión.
Una fuerte controversia alrededor de la administración de justicia en Cartagena acaba de llegar a los organismos de control. Álvaro González Álvarez presentó una queja disciplinaria contra la fiscal Danelis Sánchez Pimienta, delegada de la Fiscalía 60 Seccional Cartagena, por las actuaciones adelantadas dentro de una investigación que involucra al ciudadano Amílkar Jair Venecia Barrios.
El caso tiene un número que ahora queda bajo escrutinio: NUNC 130016001128202436914. La denuncia fue presentada el 13 de noviembre de 2024 y está relacionada con hechos que González Álvarez considera podrían configurar el delito de usurpación de funciones públicas en la Alcaldía Distrital de Cartagena.
Pero el verdadero punto de choque está en otro lugar: el reloj corre y la investigación continúa en etapa de indagación. El denunciante sostiene que durante el trámite ha entregado a la Fiscalía un amplio paquete de elementos materiales, entre ellos actas de reuniones, documentos oficiales, información contractual, fotografías y videos, que, según su interpretación, deberían permitir avanzar en el esclarecimiento de los hechos.
Ahora, a pocas semanas de cumplirse el término que el denunciante considera aplicable a la indagación, la controversia escala hasta la Procuraduría General de la Nación y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bolívar, entidades a las que solicitó determinar si hubo alguna actuación disciplinariamente relevante por parte de la fiscal.
La historia comenzó el 13 de noviembre de 2024, cuando González Álvarez presentó la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación.
Inicialmente, la actuación fue asignada a la Fiscalía 63 Seccional Cartagena, que habría dispuesto el archivo de la denuncia. González Álvarez solicitó el desarchivo y, según el documento presentado ante los organismos de control, la actuación fue posteriormente desarchivada y asignada a la Fiscalía 60 Seccional Cartagena el 28 de enero de 2025.
Desde entonces, el denunciante afirma haber presentado nuevos memoriales y elementos de prueba solicitando que se impulsen las diligencias. El 7 de abril de 2025, según relata en su queja, pidió a la fiscal Sánchez Pimienta adelantar actuaciones para obtener pruebas adicionales. Posteriormente, el 2 de mayo de 2025, rindió una entrevista de ampliación de denuncia ante una investigadora de Policía Judicial.
González Álvarez sostiene que algunas de las actividades investigativas ordenadas posteriormente por la Fiscalía estaban encaminadas a conseguir información que entregó al despacho desde el comienzo de la investigación.
Entre esos elementos menciona un acta relacionada con reuniones para la elaboración del Plan de Desarrollo de Cartagena 2024-2027, documentos destinados a demostrar los vínculos contractuales del denunciado con el Distrito y material audiovisual y fotográfico.
González Álvarez afirma que esos elementos muestran a Venecia Barrios participando en actividades oficiales y utilizando distintivos alusivos a dependencias de la Administración Distrital, No obstante que su último vínculo contractual con la Alcaldía habría terminado en 2020.

El 2 de febrero de 2026, después de que González Álvarez recurriera a una acción de tutela por la falta de respuesta a una petición sobre el estado del proceso, la Fiscalía 60 informó que la investigación continuaba en etapa de indagación.
El despacho explicó que había impartido órdenes de Policía Judicial para obtener documentos relacionados con el Plan de Desarrollo, actas de reuniones y consejos de seguridad y gobierno, además de verificar posibles vínculos laborales del denunciado con el Distrito.
La Fiscalía sostuvo que todavía estaban pendientes actividades investigativas esenciales y que, por ello, no podía afirmar que existieran en ese momento los elementos suficientes para formular una imputación. Para González Álvarez, esa explicación no despejó sus interrogantes por el contrario, sostiene que la Fiscalía estaba ordenando nuevamente diligencias sobre información que, según él, ya reposaba en el expediente.
La controversia adquirió una nueva dimensión cuando la Fiscalía informó, mediante oficio del 21 de septiembre de 2026, que había impartido nuevas órdenes a Policía Judicial para adelantar diligencias de identificación, arraigo y entrevistas. La respuesta llevó al denunciante a cuestionar nuevamente el ritmo de la investigación.
Su argumento central es que la noticia criminal fue recibida el 13 de noviembre de 2024 y que el artículo 175 de la Ley 906 de 2004 contempla un término máximo para la etapa de indagación, sujeto a las excepciones previstas por la propia norma.
Por ello, González Álvarez sostiene que la Fiscalía se aproxima a una fecha decisiva mientras todavía mantiene abierta la etapa de indagación. La Fiscalía, en contraste, sostiene que ha venido impulsando la investigación de manera continua, mediante órdenes a Policía Judicial, análisis de informes y nuevas actividades investigativas.
El despacho también ha señalado que corresponde al fiscal director valorar los elementos recaudados y determinar cuál es la decisión procesal que corresponde adoptar, en ejercicio de la autonomía funcional prevista por la Constitución y la ley.
La queja disciplinaria plantea así el interrogante que ahora deberán examinar las autoridades competentes: ¿las actuaciones realizadas por la Fiscalía 60 corresponden al desarrollo normal de una investigación penal o existió alguna demora o actuación funcionalmente cuestionable que deba ser investigada? Eso es precisamente lo que González Álvarez solicita determinar.
Pide que se abra una investigación disciplinaria contra la fiscal Danelis Sánchez Pimienta para establecer si las actuaciones desplegadas dentro del NUNC 130016001128202436914 pudieron afectar la administración de justicia, el debido proceso o los principios de celeridad y eficacia.
La queja también menciona otras tres reclamaciones disciplinarias presentadas por actuaciones relacionadas con otros despachos fiscales de Cartagena.
Por ahora, la controversia está abierta en dos frentes: por un lado, continúa la investigación penal relacionada con la denuncia contra Amílkar Venecia Barrios; por otro, los organismos de control deberán determinar si existe mérito para examinar disciplinariamente las actuaciones de la fiscal que dirige el caso.
El expediente entra en una etapa de especial interés: mientras González Álvarez reclama una decisión y cuestiona el tiempo transcurrido, la Fiscalía sostiene que todavía adelanta diligencias para esclarecer los hechos.

