¿Cómo puede un Estado combatir con toda su fuerza a quienes amenazan la seguridad nacional sin renunciar a la Constitución ni al Derecho Internacional Humanitario?
La reciente decisión del Juzgado 34 de Familia de Bogotá sobre las operaciones de bombardeo contra estructuras armadas ilegales donde pueda existir presencia de menores plantea precisamente ese desafío. El despacho levantó la suspensión de estas operaciones, pero estableció un estándar reforzado de precaución cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas o adolescentes.
Como militar en la reserva y abogado respetuoso de la Constitución, considero que ese equilibrio es indispensable. Colombia no puede paralizar su capacidad operacional frente a las organizaciones armadas ilegales, pero tampoco puede combatirlas desconociendo los límites jurídicos que protegen a quienes no participan directamente en las hostilidades.
El artículo 44 de la Constitución establece la prevalencia de los derechos de los niños y ordena su protección. A ello se suman las normas del Derecho Internacional Humanitario que exigen observar los principios de distinción, proporcionalidad y precaución en la conducción de las hostilidades.
La protección de los menores, sin embargo, no puede terminar convertida en una ventaja operacional para los grupos armados. Quienes reclutan niños, los trasladan a campamentos, los entrenan para la guerra y los exponen al fuego de las operaciones militares son quienes los colocan deliberadamente en una situación de máximo riesgo. El reclutamiento ilícito de menores no puede convertirse en una herramienta para blindar estructuras criminales frente a la acción legítima del Estado.
Pero precisamente porque el Estado no es una organización criminal, su respuesta tiene que ser distinta. La superioridad militar debe estar acompañada de superioridad jurídica, disciplina operacional y capacidad de inteligencia.
El fallo no elimina la capacidad ofensiva de las Fuerzas Militares. Permite la continuidad de los bombardeos, pero exige una valoración reforzada del riesgo cuando exista información sobre la presencia de menores y plantea la necesidad de considerar alternativas operacionales cuando estas permitan alcanzar el objetivo militar reduciendo el riesgo para los niños.
Ese estándar no debería interpretarse como una camisa de fuerza para la Fuerza Pública, sino como un llamado a fortalecer aquello que verdaderamente hace eficaz una operación militar: inteligencia precisa, información confiable, planeamiento riguroso, capacidad tecnológica y responsabilidad de mando.
Colombia necesita perseguir al narcotráfico, desmantelar las estructuras armadas ilegales, recuperar los territorios donde el Estado ha perdido presencia y proteger a las comunidades que viven bajo presión criminal. Pero una política de seguridad contundente no puede confundirse con una política de seguridad ciega.
Una Fuerza Militar profesional no demuestra su fortaleza únicamente por su capacidad de fuego. También la demuestra cuando tiene la inteligencia y la precisión necesarias para identificar el objetivo, evaluar los riesgos y proteger a la población que no participa en las hostilidades.
Desde mi experiencia como oficial en la reserva, entiendo que una operación militar no puede reducirse a las discusiones de las redes sociales. Detrás de cada decisión existen vidas humanas, responsabilidad de mando y consecuencias jurídicas. Por eso considero necesario mantener la capacidad ofensiva del Estado y, al mismo tiempo, elevar al máximo los controles cuando exista información sobre la posible presencia de menores.
Los niños no pueden ser combatientes, pero tampoco pueden convertirse en escudos humanos. La respuesta frente a quienes los reclutan debe ser contundente, pero la obligación del Estado de protegerlos debe ser igualmente firme.
Ahora corresponde al Estado actuar en varios frentes al mismo tiempo: fortalecer la inteligencia para determinar con mayor precisión la presencia de menores en estructuras armadas, mejorar los protocolos de planeamiento y verificación de objetivos, perseguir penalmente a quienes reclutan y utilizan niños y garantizar que las Fuerzas Militares cuenten con las capacidades tecnológicas y operacionales necesarias para cumplir su misión dentro del marco constitucional.
La seguridad y la protección de la niñez no son objetivos incompatibles. El desafío es hacer que ambas obligaciones funcionen simultáneamente. Colombia necesita Fuerzas Militares fuertes, inteligencia efectiva, decisiones oportunas y autoridad territorial. Pero necesita, sobre todo, un Estado fuerte dentro de la Constitución. Derrotar al criminal es una obligación del Estado. Proteger al niño también. Y una cosa no puede utilizarse como excusa para renunciar a la otra.

