Este martes 29 de septiembre de 2026 continúa vigente la restricción de pico y placa para vehículos particulares y motocicletas con placas terminadas en 1 y 2. La medida hace parte de la rotación establecida por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT), que estará vigente hasta el 2 de octubre de 2026.
- Vehículos particulares: placas 1 y 2
Los vehículos particulares cuyo último dígito de placa sea 1 o 2 no podrán circular durante los horarios establecidos: 7:00 a. m. a 9:00 a. m. y 6:00 p. m. a 8:00 p. m.
La restricción aplica en las vías del Distrito de Cartagena y opera de lunes a viernes, con excepción de fines de semana y días festivos.
- Motocicletas: también tienen restricción las placas 1 y 2
Los conductores de motocicletas también deberán estar atentos. Este martes la restricción corresponde a las placas terminadas en 1 y 2. Para las motos, el horario establecido es mucho más amplio: de 5:00 a. m. a 11:00 p. m. La medida comprende las motocicletas de las diferentes modalidades y cilindrajes contempladas por la regulación distrital.
- Taxis: revisar la rotación vigente
Para el servicio público individual tipo taxi, la restricción opera de 6:00 a. m. a 6:00 a. m. del día siguiente, de lunes a viernes, de acuerdo con el último dígito de la placa y la rotación mensual establecida por el DATT. La programación suministrada para este martes señala las placas 5 y 6.
📌 En resumen
- Particulares: placas 1 y 2 | 7:00–9:00 a. m. y 6:00–8:00 p. m.
- Motos: placas 1 y 2 | 5:00 a. m.–11:00 p. m.
- Taxis: 5 y 6 | Horario: de 6 a.m. a 6 a.m. del día siguiente.
- Fecha: martes 29 de septiembre de 2026.

