El 31 de julio inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
Ha hecho costumbre en nuestro medio sacarle provecho a las zonas grises de las normas o a los conceptos jurídicos indeterminados o en algunos casos a la omisión del ejercicio de sus funciones de los organismos de control, que para el caso específico de las elecciones en nuestro país, según mandato de nuestra carta magna en su artículo 120 es el Consejo Nacional Electoral CNE.
El CNE. está conformado por nueve (9) miembros elegidos por el Congreso de la República en pleno, para un período institucional de cuatro (4) años, mediante el Sistema de Cifra Repartidora, previa postulación de los partidos o movimientos políticos con Personería Jurídica o por coaliciones entre ellos, articulo 264 ibídem. (Acto Legislativo N°.01 de 2003 “Por el cual se adopta una Reforma Política Constitucional y se dictan otras Disposiciones”).
Lo que explica porque en “rarísimas” ocasiones se haya sancionado a algún candidato que haya hecho publicidad política antes de tiempo, es decir haciendo trampa o incurriendo en lo que hoy se conocen como delitos electorales esto ha venido ocurriendo desde siempre, lo cual implica una clara y flagrante inducción ilegal al elector, lo cual está en conexidad con las 11 conductas punibles que trae nuestro código penal colombiano, por su parte los partidos políticos tampoco hacen control en la aplicación de los reglamentos de ética de cada uno de ellos, la ley 1475/2011 los obliga a incluir dentro del reglamento y hacer claridad sobre lo que es publicidad política y lo que es divulgación política y las sanciones a las que se enfrentarían en el evento de incurrir en violación de la norma y del estatuto de dicho partido, sin embargo se pasan por la faja tal reglamento y a la ley y continúan haciéndolo dolosamente de forma descarada por todo lo dicho anteriormente.
Hemos visto como de forma descarada algunos se autoproclaman como candidatos, sin serlo porque aun la Registraduría Nacional del Estado Civil no ha abierto inscripciones para ningún cargo de elección popular sea unipersonal o para cuerpo colegiado y por tanto no lo son y otros se promocionan con la figura de pre-candidato, la cual solo existe en el imaginario colectivo de la politiquería de este país que se la ha inventado para justificar su propia trampa, y tanto unos como los otros vienen haciendo publicidad política y encuestas ilegalmente sin estar autorizados y mucho menos inscritos ante el Consejo Nacional Electoral, con ello traen a colación la frase preferida de nuestra democlepcia “Hecha la ley hecha la trampa”.
Respecto a la exótica figura del “precandidato” el magistrado del CNE, Pedro Felipe Gutiérrez manifestó que “La figura de la precandidatura, legalmente, no existe. O es candidato porque está inscrito ante la autoridad electoral para participar en un certamen electoral, o simplemente es un ciudadano al que le dio por sacar propaganda electoral” y esto último es un delito contra el electorado.
Con razón hemos visto plagadas las redes sociales con fotos y videos de personas que aspiraran a cargos de elección popular con fastuosas reuniones propias de cierres de campañas llenando sitios y con camisetas, pendones, calcomanías, etc. No dicen el número porque no se han inscrito, pero, les falta no más eso, algunos dirán que eso no es otra cosa que personas que los invitan a reuniones para agasajarlos y ofrecerles su apoyo, a lo que pregunto ¿apoyo a qué? Si no tienen siquiera la capacidad de argumentar algo inteligente en su defensa, no sé qué carajos van a proponer.
Para no caer en esas definiciones indeterminadas la corte constitucional por intermedio de Luis Ernesto Vargas Silva como magistrado ponente señaló muy exegéticamente que la jurisprudencia constitucional reafirma la distinción entre divulgación política y propaganda electoral contenida en la Ley Estatutaria 1475 de 2011, según la cual para saber si estamos en presencia de la propaganda electoral la distinción radica en que la actividad de proselitismo político “debe responder a un fundamento teórico, a un particular programa de gobierno, específico y diferente de los demás, a fin de que los electores tengan alternativas políticas que los lleven a depositar un verdadero voto de opinión, que refleje su concepción sobre la manera correcta de conducir la acción gubernamental hacia unos determinados fines sociales y no a otros. La madurez política de la nación exige esta presentación programática de las candidaturas que, además, resulta exigida por el modelo participativo de nuestra democracia”.
En otras palabras más castizas no pueden hacer divulgación política porque eso lo hacen legalmente y de manera institucional los partidos políticos y tampoco pueden hacer publicidad política porque no son candidatos y además porque hasta el día 31 de julio está legalmente permitida, según el calendario electoral, ¿Por qué el 31 de julio, si solo hasta el 4 de agosto es que salen las listas de los candidatos inscritos?. Recordemos que la ley señala 3 meses antes del día de las elecciones.
Cabe recordar que el régimen sancionatorio para este tipo de actuaciones esta diseminado en todo nuestro compendio normativo, comenzando por la constitución, el código penal, el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, así como también a leyes estatutarias tales como la 1266 de 2008, la ley 1437 de 2011 entre otras, por lo tanto cualquier denuncia ante el CNE por la comisión de tales conductas, surtirá en principio la vía administrativa con su consecuente sanción y eventualmente será el Consejo de Estado quien dirima cualquier demanda de nulidad de la posible elección.
Nuestra invitación es a denunciar a todo aquel que hace trampa como futuro elegido, porque si lo hace como eventual candidato que no hará estando en el poder, y también para dar un vuelco total a la política bolivarense, toda esa maquinaria politiquera que es un cáncer que ha hecho metástasis en toda la sociedad, la cual lleva candidatos sin tener experiencia, capacidad, ética, moral y demás virtudes que los griegos decían que debe tener alguien que aspire a gobernar, o en el peor de los casos haciendo política en cuerpo ajeno, debe sentir nuestro más profundo rechazo, pero, está en tus manos como elector decidir si cambias tu futuro y el de tus hijos eligiendo a personas idóneas o sigues con los mismos, este 27 de octubre nos daremos cuenta si somos una Nación con ambición de progreso o una gris que se conforma con la mediocridad de los actuales gobernantes.