Este 20 de marzo de 2025, el Consejo de Estado emitió una sentencia histórica al anular la personería jurídica del movimiento Soy Porque Somos, liderado por la vicepresidenta Francia Márquez. La decisión, tomada por la Sección Quinta de la alta corte, implica que el movimiento político, que en los últimos meses había cobrado relevancia, pierde su reconocimiento legal. Este fallo afecta directamente su proyección en futuras contiendas electorales, privándolos de ciertos derechos políticos y legales fundamentales.
La resolución del Consejo de Estado considera que la concesión de la personería por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) en diciembre de 2023 fue contraria a lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia. En particular, la Corte argumentó que el movimiento no cumplió con requisitos esenciales para la obtención de su estatus legal, como la participación en las elecciones al Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, hecho que fue considerado fundamental para la validación de cualquier nuevo partido o movimiento político.
El fallo, cuya ponencia fue asumida por el magistrado Luis Alberto Álvarez, subraya que el movimiento Soy Porque Somos no presentó candidatos propios en las elecciones de 2022, uno de los principales puntos de inconformidad. De acuerdo con el análisis judicial, la resolución emitida por el CNE transgredió los artículos 108 y 262 de la Constitución, los cuales estipulan los requisitos para el reconocimiento de nuevas agrupaciones políticas.
La demanda que originó la revocatoria de la personería jurídica fue interpuesta por la abogada Ximena Echavarría, quien alegó que el CNE había otorgado el reconocimiento sin cumplir con los parámetros legales y constitucionales. Echavarría, especialista en derecho administrativo y exdirectora jurídica del partido Verde Oxígeno, argumentó que la legalidad de la personería concedida a Soy Porque Somos era cuestionable, razón por la cual solicitó su anulación ante el Consejo de Estado.
El fallo también refuerza la idea de que la trayectoria política de Francia Márquez y de la representante a la Cámara Dorina Hernández Palomino, quienes llegaron al Congreso en 2022 bajo el respaldo del Polo Democrático Alternativo, no fue suficiente para garantizar la validez del movimiento como nueva entidad política. A pesar de las múltiples simpatías que el movimiento había ganado en los últimos años, la Corte concluyó que la falta de participación formal en las elecciones de congreso de 2022 configuraba un incumplimiento de las normativas establecidas.
En una faceta adicional del análisis, la Corte desestimó el argumento que vinculaba la demanda con la implementación del Acuerdo de Paz de 2016. Aunque algunos alegaron que el movimiento Soy Porque Somos tenía una relación con la paz y la construcción política del posconflicto, la Corte concluyó que este principio no tiene valor normativo autónomo y que requeriría de un desarrollo legislativo específico para su aplicación.
La controversia también tocó el tema de la doble militancia. Echavarría sostuvo que los candidatos de Soy Porque Somos, al no contar con personería jurídica propia, debieron haber obtenido el aval del Polo Democrático Alternativo para poder participar en las elecciones, lo cual configuraba una doble militancia, violando el principio constitucional de la unidad de los partidos políticos.
El fallo tiene repercusiones jurídicas y políticas de gran alcance. En términos legales, la anulación de la personería significa que el movimiento Soy Porque Somos no podrá acceder a financiación estatal, ni postular candidatos de manera independiente en futuras elecciones. Además, este movimiento no podrá participar en coaliciones políticas bajo su nombre, lo que debilita sustancialmente su capacidad de movilizar apoyo electoral.
El Consejo de Estado también advirtió sobre una mayor rigurosidad en la revisión de las personerías jurídicas otorgadas por el CNE. Esta tendencia se ha hecho más evidente con otras resoluciones, como la anulación del reconocimiento del partido Creemos, liderado por el excandidato presidencial Federico Gutiérrez.
Para los seguidores de Francia Márquez, la sentencia representa un golpe significativo, ya que Soy Porque Somos había sido presentado como un instrumento clave para consolidar su presencia en la arena política. Sin embargo, integrantes del movimiento ya han adelantado que explorarán nuevas estrategias para continuar con su incursión en el panorama político nacional. La respuesta ante este fallo será importante para determinar si el movimiento puede mantener su influencia y su proyecto político, o si este obstáculo judicial será el principio del fin de sus aspiraciones electorales.
La sentencia del Consejo de Estado abre, de este modo, un nuevo capítulo en la política colombiana, donde la legalidad y el cumplimiento estricto de la Constitución marcarán la pauta para el futuro de los nuevos movimientos políticos que buscan ganar espacio en el competitivo panorama electoral del país.