La Fiscalía General de la Nación imputó el delito de fraude procesal al exdirector de la Seccional Atlántico, William Fernando Orlando Jaiquel, por presuntamente engañar a la entidad con una falsa condición para que su cargo fuera excluido de los puestos ofertados en el concurso de méritos 2024.
Según la investigación, el exfuncionario habría inducido en error a la administración al acreditar, mediante una declaración jurada, una condición que no ostentaba: la de padre cabeza de familia. Con esta maniobra, habría logrado que el ID de su empleo como fiscal delegado ante los jueces del circuito especializado fuera excluido de los cargos ofertados en la convocatoria pública, beneficiándose indebidamente de una acción afirmativa reservada para casos reales de protección especial.
La imputación fue formulada por una fiscal delegada ante la Corte Suprema de Justicia, quien estableció que el entonces director seccional no cumplía los requisitos legales para ser considerado padre cabeza de familia y que la información suministrada no correspondía a la realidad. Aun así, los datos presentados llevaron a que funcionarios del área administrativa de la Fiscalía retiraran su cargo del concurso, afectando la transparencia y el principio de mérito que rige el acceso a la función pública.
Para el ente acusador, los hechos revisten especial gravedad, no solo por el presunto beneficio indebido obtenido, sino por la condición de funcionario judicial, la experiencia profesional del procesado y la posición de dirección, confianza y responsabilidad que ocupaba dentro de la institución al momento de los hechos.
Durante la audiencia, William Fernando Orlando Jaiquel no aceptó el cargo imputado por la Fiscalía. El proceso continuará en las siguientes etapas judiciales, mientras el caso genera indignación y debate nacional sobre el uso indebido de acciones afirmativas y la credibilidad de los concursos de mérito en las entidades del Estado.
Este episodio reabre la discusión sobre la ética en el ejercicio del poder público y la necesidad de controles más estrictos para garantizar que los mecanismos de igualdad y protección no sean utilizados como herramientas de beneficio personal.

