Casi dos años después de la denuncia, el ingeniero Álvaro González cuestionó que la Fiscalía 60 Seccional Bolívar aún ordenara nuevas diligencias y le exigió explicar qué actuaciones faltan para tomar una decisión.
La investigación que involucra a Amílkar Venecia Barrios vuelve a quedar bajo cuestionamiento. Álvaro González, quien presentó la denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, respondió al más reciente oficio del despacho y reclamó una explicación de fondo sobre el estado de la indagación, al considerar que el proceso ha avanzado con una lentitud que no encuentra justificación en el material probatorio que, según afirma, ya fue entregado.
La denuncia fue radicada el 13 de noviembre de 2024 y, de acuerdo con el denunciante fue asignada posteriormente a la Fiscalía 60 Seccional Bolívar. Sin embargo, en respuesta a una petición presentada el pasado 15 de septiembre, el despacho informó que el 21 de septiembre de 2026 había emitido una nueva orden a policía judicial para adelantar diligencias de identificación, arraigo y entrevistas. Ese punto es precisamente uno de los principales cuestionamientos planteados por el denunciante.
González sostiene que, después de un periodo prolongado desde la presentación de la denuncia, resulta necesario explicar por qué todavía se estarían ordenando actuaciones que considera esenciales para avanzar en una investigación que, según su versión, ya cuenta con abundante documentación.
El denunciante también cuestionó que la respuesta de la Fiscalía no hubiera contestado de manera concreta la pregunta central de su petición: si ya fue elaborado el reporte que debe ser entregado al despacho de la Fiscalía 60 Seccional Bolívar y, en caso contrario, qué elementos o actuaciones hacen falta para terminarlo e impulsar la denuncia.
“¿Qué otra actividad necesita llevar a cabo o qué otra información necesita recopilar o analizar para darle impulso a la denuncia?”, planteó González al insistir en que considera suficientemente documentados varios de los hechos denunciados.
Uno de los asuntos centrales de la investigación está relacionado con la utilización de una condición de funcionario o representante de la administración distrital. De acuerdo con González, existen documentos, fotografías, publicaciones en redes sociales y un acta de la Alcaldía de Cartagena que, según su interpretación, demostrarían que Venecia Barrios se identificaba y actuaba como asesor o representante de la Secretaría del Interior y Convivencia Ciudadana de Cartagena, pese a que no tendría vínculo contractual con el Distrito para la época de los hechos denunciados.
El denunciante afirma además que cuenta con documentos que, según su versión, demostrarían que el último contrato de Venecia Barrios con la Alcaldía de Cartagena habría sido celebrado en 2020, y que existen imágenes en redes sociales institucionales en las que aparecería utilizando elementos de identificación asociados a la Secretaría del Interior y a Distriseguridad.
Estos elementos forman parte del material que González asegura haber puesto a disposición de la Fiscalía. Su existencia, alcance probatorio y eventual responsabilidad penal deberán ser determinados por las autoridades competentes, pues la presentación de una denuncia o la existencia de material documental no equivale, por sí sola, a una declaración de responsabilidad.
- El reloj de la investigación
Otro de los argumentos planteados por González está relacionado con los términos previstos en el Código de Procedimiento Penal para la indagación. En su escrito cita el artículo 175 y sostiene que, tomando como fecha de referencia la recepción de la noticia criminal, el término que él interpreta aplicable se acercaría a su vencimiento en noviembre de 2026.
Según sus propios cálculos, al 25 de septiembre de 2026 restaban 49 días calendario para el 13 de noviembre, fecha que identifica como límite para que la Fiscalía adopte una determinación dentro del término que considera aplicable.
Sobre este punto, el denunciante cuestiona que la Fiscalía se limite a señalar que cuenta con un plazo legal para decidir, cuando, en su criterio, ya existirían elementos suficientes para adoptar una determinación.
El ingeniero González también sostiene que, por tratarse de una indagación ordinaria, la entrevista del denunciado no constituiría necesariamente un requisito indispensable para que el despacho pueda avanzar, argumento con el que cuestiona que nuevas diligencias puedan convertirse en una razón para prolongar la actuación.
- “Responda de fondo o acudiré a tutela”
El reclamo termina con una advertencia concreta. González solicita nuevamente a la Fiscalía que responda de fondo las preguntas formuladas y señala expresamente que, de no obtener una respuesta satisfactoria, acudirá a la acción de tutela para reclamar la protección de sus derechos.
El denunciante también cuestiona que la Fiscalía no haya explicado, según él, las razones concretas de la demora y sostiene que el despacho debería precisar qué actuaciones faltan para definir el rumbo de la investigación.
El caso vuelve así al centro de la discusión pública no solamente por los hechos originalmente denunciados, sino por una pregunta que ahora adquiere especial relevancia: ¿qué falta para que la Fiscalía determine qué camino seguirá una investigación que fue radicada en noviembre de 2024 y que, casi dos años después, continúa con nuevas órdenes de policía judicial?
Mientras el denunciante exige respuestas y advierte que acudirá a los jueces si considera vulnerados sus derechos, corresponderá a la Fiscalía General de la Nación establecer el estado real de la actuación, las diligencias pendientes y las razones jurídicas y procesales que sustentan las decisiones adoptadas hasta ahora.

