Como respuesta a la declaración de calamidad pública generada por el sismo del pasado 10 de agosto, la Alcaldía de Manizales oficializó la implementación de un pico y placa temporal y extraordinario para vehículos particulares.
La restricción entrará en vigor desde este viernes 14 de agosto y se extenderá hasta el lunes 31 de agosto de 2026, operando de manera continua entre las 5:00 a. m. y las 10:00 p. m., incluidos sábados, domingos y festivos.
La medida busca reducir drásticamente el flujo vehicular para acelerar la movilidad de las unidades de socorro, los equipos de evaluación de infraestructura y las labores de remoción de escombros en los puntos críticos de la capital caldense. Las autoridades enfatizaron que la restricción abarca también a vehículos híbridos y eléctricos, mientras que las motocicletas y el servicio de transporte público (colectivo e individual) se encuentran exentos.
La restricción aplicará en todas las vías municipales urbanas y rurales de Manizales, alternando dos dígitos por día de la siguiente manera:
- Viernes 14 de agosto: Placas terminadas en 1 y 2
- Sábado 15 de agosto: Placas terminadas en 3 y 4
- Domingo 16 de agosto: Placas terminadas en 5 y 6
- Lunes 17 de agosto (Festivo): Placas terminadas en 7 y 8
- Martes 18 de agosto: Placas terminadas en 9 y 0
- (La rotación continuará en el mismo orden secuencial hasta el 31 de agosto).
Las vías de carácter nacional que atraviesan la ciudad funcionan como corredores de paso y están exentas del pico y placa. Asimismo, los vehículos provenientes de otros municipios no serán sancionados, siempre que presenten el tiquete de peaje correspondiente a la fecha y hora de circulación.
- Excepciones y sanciones
El decreto contempla 21 categorías de exención, las cuales benefician al personal de salud, organismos de socorro, Fuerzas Militares, vehículos oficiales, medios de comunicación, servicios públicos y distribución de alimentos, entre otros. Además, el Secretario de Movilidad podrá expedir permisos especiales para casos de fuerza mayor directamente vinculados con la atención del desastre.
Los conductores que infrinjan la medida serán sancionados bajo el código de infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito, con una multa de 15 SMLDV ($633.111) y la inmovilización del vehículo.



