La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena contra los exconcejales César Pión González y Américo Mendoza Quessep por el delito de prevaricato por acción. La decisión pone fin a un largo proceso judicial iniciado en 2012 y ratifica la sentencia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, que revocó una absolución inicial.
El caso se remonta al 21 de abril de 2021, cuando el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Cartagena absolvió a Pión y Mendoza del delito de prevaricato por acción.
La denuncia había sido presentada por el exconcejal Adolfo Raad Hernández, quien alegaba que los acusados dispusieron el pago de 35 resoluciones en marzo de 2012 sin contar con el debido certificado de disponibilidad presupuestal. El juez de primera instancia, Pericles Rodríguez, consideró que la actuación de los acusados era atípica pero no constitutiva de delito.
Sin embargo, el 31 de enero de 2022, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena revocó esta decisión y condenó a Pión y Mendoza a 48 meses de prisión y a una multa equivalente a 66 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Según el fallo, los condenados lesionaron el interés jurídico tutelado por la ley, en este caso la Administración Pública, al disponer el pago sin el certificado presupuestal necesario. Los magistrados destacaron que los exconcejales defraudaron las expectativas sociales depositadas en ellos como servidores públicos, ya que se esperaba que actuaran en estricto cumplimiento de la legalidad del gasto público.
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El pasado 7 de febrero, la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia del Tribunal Superior, tras la impugnación especial presentada por la defensa de los exconcejales. En su auto, la Corte dejó claro que contra esta sentencia no procede recurso alguno, sellando así el destino judicial de Pión y Mendoza.