El gobernador de Bolívar, Yamil Arana Padauí, firmó el Decreto 060 de 2025 con el objetivo de actualizar la conformación del Consejo Departamental de Participación Ciudadana de Bolívar, ampliando así los espacios de participación para las comunidades.
La firma del decreto busca fortalecer y consolidar espacios permanentes de participación ciudadana, permitiendo que los bolivarenses contribuyan activamente en la toma de decisiones públicas y en el diálogo con las autoridades.
El artículo 81 de la Ley 1757 de 2015 establece la creación y funcionamiento de los Consejos Departamentales, Distritales y Municipales de Participación Ciudadana. Estas instancias son responsables, junto con las autoridades competentes, de definir, promover, diseñar, hacer seguimiento y evaluar la política pública de participación ciudadana en sus respectivos territorios.
En caso de que no se designen representantes dentro de los plazos y procedimientos establecidos, el Gobernador de Bolívar los nombrará directamente.
Para la elección de los representantes de los distintos sectores o gremios, la Dirección de Participación Ciudadana de la Gobernación de Bolívar llevará a cabo una convocatoria abierta. La selección se realizará conforme al procedimiento y las reglas establecidas en la Ley 1757 de 2015 para el Consejo Nacional de Participación Ciudadana.
Composición del Consejo Departamental de Participación Ciudadana de Bolívar | El Consejo estará integrado por los siguientes miembros permanentes:
- El Gobernador de Bolívar, o su delegado, quien lo presidirá.
- El Secretario del Interior departamental, o su delegado.
- El Director de Participación Ciudadana, o su delegado, quien ejercerá la secretaría técnica.
- El Secretario de Planeación departamental, o su delegado.
- Un representante de la Mesa de Víctimas.
- Un representante del Consejo Territorial de Planeación.
- Un representante del Consejo Departamental de Mujeres.
- El presidente de la Federación de Acción Comunal de Bolívar, o su delegado.
- Un representante de la Mesa Departamental de Juventud.
- Un alcalde designado.
- Un rector de una institución de educación superior con presencia en Bolívar, o su delegado.
- Un representante de ONG con presencia en el departamento, o su delegado.
- Un representante de las veedurías ciudadanas registradas en Bolívar.
- Un representante de los gremios económicos del departamento.
- Un representante de los sindicatos con domicilio en Bolívar.
- Un representante de las asociaciones campesinas con domicilio en Bolívar.
- Un representante de los grupos étnicos.
- Un representante de los estudiantes de los Consejos Superiores de Instituciones de Educación Superior en Bolívar.
- Un representante de organizaciones de personas con discapacidad.
- Un representante de comunidades indígenas asentadas en el departamento.
- Un representante de organizaciones de la comunidad con Orientación Sexual e Identidad de Género Diversas (OSIGD).
- Un representante de organizaciones de adultos mayores.
- Un representante de las mesas de libertades religiosas, de culto y de conciencia del departamento.
El Consejo podrá invitar a representantes de otras organizaciones de la sociedad civil, entidades estatales y expertos en temas específicos cuando lo considere necesario para el cumplimiento de sus funciones.
El director de Participación Ciudadana y Acción Comunal de Bolívar, Andrés Betancourt González, destacó que este decreto se alinea con el Plan de Desarrollo Departamental “Bolívar Me Enamora 2024-2027”, dentro de la estrategia Bolívar me enamora con institucionalidad fuerte, específicamente en el componente de Participación Ciudadana: instancias de participación y fortalecimiento de la gestión y dirección de la administración pública territorial.