El 11Ago2023, un usuario de la plataforma ‘X’ realizó una publicación ‘casual’ dirigida al alcalde de Cartagena, Dumek Turbay Paz, en el que se leía: «Sr. alcalde necesitamos un gran malecón en la Av. Santander, que una el parque lineal de Crespo hasta el malecón de B/Grande. Eso sería una maravilla de infraestructura deportiva y urbanismo que podría incluso prestarse para eventos de talla mundial» (sic).
El alcalde pantallero ni corto ni perezoso le respondió: «Está en proyección y se llamará el Gran Malecón del Mar. Pronto lo presentaremos. #SeDiceYSeHace. Va desde Las Tenazas hasta Playa Azul La Boquilla».
Lo demás que ha pasado luego de ese cándido intercambio entre el alcalde y el cibernauta ya muchos lo sabemos gracias a los portales aliados al servicio de Turbay que sirven como caja de resonancia.
El pasado 16Abr2025, a través de la Resolución 3721, la Alcaldía de Cartagena anunciaba que había un ganador del proyecto del Gran Malecón del Mar (Licitación Pública LP-SID-001-2025): Consorcio Gran Malecón del Mar. A esta licitación se presentaron solo dos proponentes:
- Consorcio Nuevo Litoral Cartagena: conformado por Diseños y Construcciones PT SAS (Cartagena), Construlatina SAS (Barrancabermeja) y Befarhs Constructores SAS (Bogotá).
- Consorcio Gran Malecón del Mar: conformado por Escalin Ingeniería SAS (Santa Marta), Dinacol SAS (Cartagena) y A&D Alvarado y During SAS (Bogotá).
Y cómo no ponerle la lupa a este proyecto, no solo por su costo ($169.992.085.270,11), sino también por la presencia de solo dos proponentes y, lo peor, que la Alcaldía realizó un cambio de última hora en los pliegos al incluir como requisito presentar una licencia de explotación comercial en zona costera, la cual es emitido por la DIMAR. Esto, por supuesto, prendió las alarmas de varios ciudadanos.
El 30Abr2025, el concejal Javier Julio Bejarano trinó desde su cuenta de ‘X’ una serie de imágenes en donde cuestionaba la posible ilegalidad de este cambio repentino en los pliegos, toda vez que (a) Dinacol SAS era la única empresa que tenía la licencia; (b) Osvaldo Rodríguez Luna (uno de los socios de Dinacol) es amigo del alcalde (hacer click aquí); (c) el trámite de dicha licencia ante la DIMAR dura entre 30 y 90 días; y (d) en consecuencia, era imposible para el otro consorcio proponente obtenerla a tiempo, ya que el cambio en los pliegos se dio a solo once días de cerrar el proceso. Son unos genios los de la Alcaldía.
Mientras los lectores sacan sus propias conclusiones acerca de esta nueva ‘excentricidad’ en los procesos licitatorios de la Alcaldía de Cartagena para posiblemente favorecer a sus amigos, María Patricia Porras Mendoza (secretaria General y ordenadora del gasto), Wilmer Iriarte Restrepo (secretario de Infraestructura), Milton Pereira Blanco (jefe de la Oficina Asesora Jurídica y Carlos Ordosgoitia Liñán (Unidad Asesora de Contratación) parece que quisieran seguir metiéndose en líos legales.
En el numeral 11 de la carta de presentación de la propuesta, el consorcio ganador afirmó que: «Ni los integrantes del proponente plural, ni los socios de la persona jurídica que represento (se exceptúa las sociedades anónimas abiertas), ni a mí, se nos ha declarado responsables judicialmente por actos de corrupción, la comisión de delitos de peculado, concusión, cohecho, prevaricato en todas sus modalidades, y soborno trasnacional, lavado de activos, enriquecimiento ilícito, entre otros, de conformidad con la ley penal colombiana y los tratados internacionales sobre la materia, así como sus equivalentes en otras jurisdicciones».
Pues bien, todo sugiere que le apareció otra pata al gato. Al indagar en la lista de inhabilitados en la página del Canal de Panamá, aparecen Alvarado y During International SA, Abmazu Alamet Robinson Barrera y Juan Carlos Monzón Alvarado; este último es el dueño del 95% de A&D Alvarado y During SAS. La inhabilidad tiene una duración de diez años (contados a partir del 20Jul2020) y la razón es por «[…] la falta en los negocios o falta de honestidad en las actuaciones con la Autoridad del Canal de Panamá, conforme la causal de inhabilitación contenida en el numeral 2 del artículo 182 del Reglamento de Contrataciones de la Autoridad del Canal de Panamá […]» (ver aquí reglamento de contratación de la Autoridad del Canal de Panamá).
Imposible entonces no preguntar:
- ¿La Alcaldía de Cartagena sabía de esta inhabilidad?
- ¿Las otras dos empresas que componen el Consorcio Gran Malecón del Mar estaban enteradas?
- ¿Por qué el consorcio y el señor Juan Carlos Monzón Alvarado no le hicieron saber eso a la ciudadanía cartagenera?
- Con el anterior antecedente, y en el contexto de este multimillonario contrato, ¿podremos los cartageneros y colombianos confiar en Monzón Alvarado?