El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena determinó que la concesión cobró de manera indebida tras haberse cumplido la TIR en 2020. El dinero deberá ser devuelto, actualizado e indexado, tras una acción popular presentada por el alcalde Dumek Turbay.
Un fallo judicial sin precedentes reconfigura hoy la historia de la movilidad y la contratación pública en Cartagena de Indias. El Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Cartagena ordenó a Concesión Vial S.A.S. devolver más de $113.737 millones recaudados en los peajes internos desde octubre de 2020, fecha en la que —según un laudo arbitral— la concesión ya había alcanzado la Tasa Interna de Retorno (TIR) y, por lo tanto, debía dar por terminado el contrato.
La decisión se deriva de una acción popular interpuesta por el alcalde de Cartagena, Dumek Turbay, quien pidió protección a los derechos colectivos de la moralidad administrativa y el patrimonio público, argumentando que la concesión habría continuado cobrando peajes pese a que ya no tenía soporte legal para hacerlo.
El laudo arbitral, emitido en 2023, había sido categórico:
- La concesión cumplió la TIR en octubre de 2020.
- El contrato debía darse por finalizado.
- La vía y sus bienes asociados debían revertir al Distrito.
Nada de eso ocurrió. La Concesión Vial siguió operando y cobrando, situación que llevó al Distrito a activar mecanismos judiciales para frenar lo que consideraba un exceso contractual sin fundamento técnico ni jurídico.
El Juzgado Octavo concluyó que sí hubo vulneración de los derechos colectivos invocados y dejó claro que la omisión en el cumplimiento del laudo implicó una afectación directa al patrimonio de la ciudad. “El incumplimiento del laudo arbitral, que estableció de manera firme la terminación del contrato y la obligación de reversión de recursos, genera por sí mismo una afectación directa al patrimonio público y a la moralidad administrativa que trasciende el ámbito meramente contractual”, señala el fallo.
En consecuencia, el juez ordenó a la concesión devolver la totalidad de los recursos recaudados de manera indebida, equivalentes a más de $113.737 millones.
El fallo precisa que la suma deberá ser actualizada desde la fecha de recaudo hasta la fecha efectiva de pago, incluyendo intereses legales correspondientes. Esto significa que la cuantía final podría ser significativamente mayor, dependiendo del cálculo indexado desde 2020.
La decisión no solo tiene efectos económicos; también marca un precedente jurídico de enorme alcance:
- Confirma que los contratos de concesión no pueden extenderse más allá de sus límites técnicos y financieros.
- Reconoce que la ciudad tenía derecho a que las vías revertieran al Distrito desde 2020.
- Abre la puerta a nuevas acciones para recuperar recursos públicos cuando se vulneren los principios de legalidad y equilibrio contractual.
Para sectores ciudadanos, empresariales y transportadores —que durante años denunciaron cobros injustos—, el fallo representa una victoria histórica.
El caso podría pasar a una instancia superior si es apelado, pero por ahora la orden es clara: los más de $113 mil millones deben ser devueltos al Distrito. Además, el proceso reabre la discusión sobre el modelo de peajes urbanos, la gestión histórica de la concesión y la responsabilidad de los entes de control frente a un contrato que, según el laudo arbitral, debió terminar hace cinco años.

