Este jueves el Consejo de Estado decidió anular la elección de Ángela María Robledo como Representante a la Cámara, por considerar que la excandidata vicepresidencial habría incurrido en una doble militancia.
La decisión se dio en la Sección Quinta del Consejo de Estado, con tres votos a favor y uno en contra, con lo que se la anuló la resolución 1595 del 19 de julio de 2018 con la que se declaró que Buitrago tenía el derecho personal a ocupar una curul en la Cámara de Representantes.
Robledo, había insistido que no renunció al Partido Verde para inscribirse en otra colectividad, sino que lo hizo a nombre propio.
Agregó en su momento que la Constitución no preveía la obligación de renunciar 12 meses antes para presentarse a un cargo como el de Vicepresidenta y que habría incurrido en esa falta si se hubiera presentado al Congreso nuevamente.
Sobre el caso La Procuraduría conceptúa que la representante Ángela María Robledo debe mantener su curul en el Congreso de la República, porque no están dadas las condiciones para que se diga que incurrió en una doble militancia.
“La representante se postuló como candidata pero para ser vicepresidenta y no congresista; además que su curul fue producto del estatuto de la oposición, que dice que los segundos candidatos más votados para en elecciones presidenciales tienen derecho a un puesto en el congreso”.
De acuerdo con el concepto del ministerio público, la curul que ocupa la demandada en la Cámara de Representantes no lo fue por una decisión popular, sino por la decisión política del Constituyente derivado de reconocer una curul en senado y cámara a la fórmula presidencial que, en el proceso para elegir presidente y vicepresidente de la República, obtuviera la segunda votación más alta.