En las obras y en la vida si hay intereses económicos de por medio el conflicto aflora, si además de los beneficios particulares o públicos se impacta el ambiente, las finanzas colectivas y el futuro de la ciudad y sus gentes.
Me refiero a la adjudicación que hizo el alcalde (e) a KMA Construcciones del proyecto del Corredor Portuario y Turístico, generando la reacción de sectores y gremios, ONG, concejales, las JAC de Manga y el Pie de la Popa, y del alcalde electo William Dau, que cuestionó la firma, criticó el alto costo y le reiteró el rechazo social al peaje que por 30 años más embonaría con el que ahora en el Corredor de Carga (re) pagamos.
Condenados al suplicio por el ofrecido beneficio, el argumento de Pereira de estar obligado a adjudicar no fue bien recibido porque, finalizando su período, deja un conflicto jurídico que validaba no hacerlo porque al dirimirse podría afectar la concesión del megaproyecto.
El permiso al alcalde para tramitar y adjudicar la Asociación Público Privada (APP) lo otorgó el Acuerdo 016 del 11 de diciembre del 2018 y en el 2019 KMA fue quien presentó el proyecto y como proponente iniciador ganó la licitación.
El Plan de Desarrollo 2018-2022 formuló requisitos para los proyectos de APP que modificaron la Ley 1508 del 2012, sustento del Acuerdo 016, que autorizó al alcalde para adelantar el proceso. Por eso el Concejo, antes de la adjudicación de la APP, expidió el Acuerdo 183 del 2019 y le revocó la facultad hasta la expedición de una nueva reglamentación para otorgar esa facultad. El alcalde objetó el Acuerdo por ilegal y lo envió al Tribunal Administrativo de Bolívar que dirimirá el conflicto. Además dicen que para firmar la vigencia del acuerdo 016 era hasta julio. La ciudadanía reaccionó por falta de socialización –lo que es cierto- y de allí la primera tutela que fue admitida.
En lo ambiental, la Quinta Avenida impactará la Ciénaga de la Quintas y el Caño de Bazurto, ecosistema ya reducido en un 21.4% y 67.8% respectivamente.
El proyecto eliminaría 7,83 ha de manglar y cambiando oxígeno por CO2, y hay es que adaptarnos y conservarlos para resumir carbono, generar clima, albergar biodiversidad y amortiguar las mareas.
Según la Capitanía el área a ocupar es de 57.181 m2, de los cuales 27.661 m2 afectarán una franja de relleno de aguas y terrenos de bajamar, paralelo a la actual línea de costa. El resto de la vía ocupará 29.520 m2 de terreno consolidado con relleno.
Discrepo que solo se requieren permisos, máxime que la tala autorizada en la resolución 948/04, cuestionada por Minambiente, no tiene validez al sustentarse en la Resolución 0473 de 1998, ya sin vigencia. Ahora dicen que la base legal es el decreto 1180 de 2003, que está derogado. Ramas secas de un tronco muerto.