A partir de este jueves 27 de febrero comenzará la segunda jornada de pagos de subsidios a los adultos mayores en Cartagena, se busca que este aporte económico lo reciban más de 25.000 adultos mayores que se encuentran inscritos.
La jornada obedece a la nómina del mes de febrero del presente año, y su distribución estará regulada mediante fechas establecidas a partir de los dos últimos dígitos de su documento de identidad, estimulándose de la siguiente manera:
- Jueves 27 de febrero: cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 00 al 15.
- Viernes 28 de febrero: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 16 al 30.
- Sábado 29 de febrero: Se pagará a los adultos mayores que no cobraron en las dos fechas anteriores.
- Lunes 2 de marzo: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 31 al 45.
- Martes 3 de marzo: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 46 al 60.
- Miércoles 4 de marzo: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 61 al 75.
- Jueves 5 de marzo: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 76 al 90.
- Viernes 6 de marzo: Cobran los adultos mayores con cédulas de ciudadanía terminadas del 91 al 99.
- Sábado 7 de marzo: Se pagará a los adultos mayores que no cobraron de lunes a viernes de esa misma manera.
- Lunes 9 de marzo: Se pagará a los adultos mayores que no cobraron ninguna de las fechas anteriores
- Martes 10 de marzo: Se pagará a los adultos mayores que no cobraron ninguna de las fechas anteriores
- Miércoles 11 de marzo: Se pagará a los adultos mayores que no cobraron ninguna de las fechas anteriores
Los cobros se podrán realizar, a través de todos los Supergiros de la ciudad y es importante que cada adulto mayor cobre a tiempo, porque de lo contrario puede perder el derecho a subsidio.
Si usted no hace parte del programa y desea acceder a este auxilio económico debe estar atento a las convocatorias que realizará la Secretaría de Participación, no ser pensionada o pensionado y pertenecer al régimen de salud subsidiado.
Al momento de su inscripción debe presentar: Fotocopia de su cédula de ciudadanía ampliada al 150, documento del Sisbén que tenga puntaje máximo de 43, un recibo de luz, gas o agua de la vivienda en la que reside, sea propia o arrendada.